Fecha:
Martes, 16 Octubre, 2018
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Debe decidirse en este expediente si es inscribible una operación de segregación, en la que se aporta representación gráfica alternativa a la catastral. Una vez tramitado el procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, el registrador suspende la inscripción en base a que existe oposición de titulares de fincas colindantes basadas en sendos informes técnicos. El juicio de identidad de la finca por parte del registrador, debe estar motivado y fundado en criterios objetivos y razonados, sin que basten expresiones genéricas o remitirse a la mera oposición no documentada de un colindante. |