Boletín Oficial de Estado
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de A Coruña, don José Iglesias Bouza, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación,
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presenten vieren y entedieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.
Índice
Exposición de motivos.
Título preliminar. Del ámbito de aplicación y los principios generales.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
JUAN CARLOS I
rey de españa
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
PREÁMBULO
I
El Convenio de colaboración establecido entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Administración Tributaria Canaria para la creación de una ventanilla única aduanera y de importación y exportación en Canarias, VEXCAN, tiene por objeto el establecimiento de un procedimiento único y conjunto de presentación de declaraciones por medios telemáticos a fin de efectuar los despachos de importación y exportación relativos a los tributos derivados del Régimen Económico Fiscal de Canarias, así como para realizar el despacho aduanero de las mercancías q Fecha: Miércoles, 20 Junio, 2007
La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, dispuso en su artículo 84 la posibilidad de que el Ministerio de Economía (hoy de Economía y Hacienda), determinase los supuestos y condiciones en las que las empresas de seguros, las entidades gestoras de fondos de pensiones, los corredores de seguros y las sociedades de correduría de seguros habrán de presentar por medios telemáticos ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones la información a que están obligados de acuerdo con su legislación específi Fecha: Miércoles, 20 Junio, 2007
Vacante el cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Gijón, perteneciente al Ilustre Colegio Notarial de Oviedo, y en vista de lo dispuesto en el artículo 294 del vigente Reglamento Notarial,
Advertido error en el Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 114, de 12 de mayo de 2007, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En el recurso contencioso-administrativo 76/2005, interpuesto por la representación procesal de D. José Luis Benavides del Rey, la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 28 de marzo de 2007, que contiene el siguiente fallo:
FALLAMOS
Advertidos errores en el Real Decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación Notarial, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 66, de 17 de marzo de 2007, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 11642, columna derecha, donde dice:
«1.º Distrito de Murcia:
Creación de 1 Notaría en Murcia (1.ª).
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