Boletín Oficial de Estado
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Alacant/Alicante don Mario Navarro Castelló, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación. Fecha: Miércoles, 18 Julio, 2007
Esta Dirección General, en ejercicio de las competencias que le están atribuidas en el artículo 4.1.f) del Real Decreto1475/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado, acuerda convocar oposición libre para obtener el título de Notario, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.-Se fija en 160 el número de plazas que se convocan. Fecha: Miércoles, 18 Julio, 2007
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 97 a 108, ambos inclusive, y demás concordantes de Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado, en redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica dicho Reglamento y teniendo en cuenta que los ejercicios de la última oposición celebrada entre Notarios concluyeron el 19 de julio de 2005, procede convocar de nuevo oposición entre Notarios antes de que transcurran dos años desde aquella fecha, según lo establecido en el artículo 98 del citado Reglamento. Fecha: Miércoles, 18 Julio, 2007
Cuando un mismo preparador laboral preste atención a más de un trabajador con discapacidad, el tiempo de atención conjunto será la suma de los tiempos de atención de cada uno de dichos trabajadores. En ningún caso un preparador laboral podrá atender simultáneamente a más de 3, 5 u 8 trabajadores con discapacidad de los grupos a), b) y c) antes señalados, respectivamente, o los equivalentes cuando los trabajadores atendidos pertenezcan a distintos grupos.
Artículo 8. Subvenciones y cuantía de las mismas.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
PREÁMBULO
I
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
PREÁMBULO
I
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
PREÁMBULO
I
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.
PREÁMBULO
I
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Valencia, don Mariano Arias Llamas, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación. Fecha: Miércoles, 11 Julio, 2007
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