La única cuestión que se debate en este expediente hace referencia a si puede tomarse anotación preventiva en la hoja particular de una sociedad como consecuencia de las medidas cautelares acordadas en un procedimiento de diligencias previas seguidas ante un Juzgado de lo Penal. La anotación preventiva a que se refiere el supuesto de hecho ni está contemplada en nuestro ordenamiento jurídico ni el procedimiento que la motiva puede provocar una modificación del contenido del Registro Mercantil.

Fecha: 
Jueves, 13 Junio, 2019