Legislación

El principio de jerarquía normativa (artículos 9.3 Constitución y 1.2 del Código Civil), determina la prevalencia del artículo 33 del Real Decreto de 24 de julio de 1997 sobre el artículo 11 de la Ordenanza de 19 de julio de 1999, el cual establece un plazo máximo de dos meses entre los otorgamientos efectuados en momentos distintos. El hecho de que el Real Decreto estuviese dirigido a Corredores de Comercio, no implica que por el hecho de haber entrado éstos a formar parte del Cuerpo único de Notarios deje de ser aplicable

RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Madrid, don José María López-Arcas y Lostalet, contra la negativa de la Registradora de Bienes Muebles de Huesca, doña Belén Madrazo Meléndez, a inscribir un contrato de arrendar manto financiero mobiliario.

Date: 
Friday, 12 December, 2003

El principio de jerarquía normativa (artículos 9.3 Constitución y 1.2 del Código Civil), determina la prevalencia del artículo 33 del Real Decreto de 24 de Julio de 1,997 sobre el artículo 11 de la Ordenanza de 19 de Julio de 1999, el cual establece un plazo máximo de dos meses entre los otorgamientos efectuados en momentos distintos. El hecho de que el Real Decreto estuviese dirigido al Corredores de Comercio, no implica que por el hecho de haber entrado éstos a formar parte del cuerpo único de Notarios deje de ser aplicable

RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Madrid, don José María López-Arcas y Lostalet, contra la negativa de la Registradora de Bienes Muebles de Huesca, doña Belén Madrazo Meléndez, a inscribir un contrato de arrendar manto financiero mobiliario.

Date: 
Friday, 12 December, 2003

El principio de jerarquía normativa (artículos 9.3 Constitución y 1.2 del Código Civil), determina la prevalencia del artículo 33 del Real Decreto de 24 de Julio de 1,997 sobre el artículo 11 de la Ordenanza de 19 de Julio de 1999, el cual establece un plazo máximo de dos meses entre los otorgamientos efectuados en momentos distintos. El hecho de que el Real Decreto estuviese dirigido al Corredores de Comercio, no implica que por el hecho de haber entrado éstos a formar parte del cuerpo único de Notarios deje de ser aplicable

RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Madrid, don José María López-Arcas y Lostalet, contra la negativa de la Registradora de Bienes Muebles de Huesca, doña Belén Madrazo Meléndez, a inscribir un contrato de arrendar manto financiero mobiliario.

Date: 
Friday, 12 December, 2003

Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas,precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia.

El objetivo de la presente ley es la adaptación de la legislación en materia de tasas y precios de nuestra Comunidad Autónoma a la doctrina expuesta por el Tribunal Constitucional en la Sentencia 185/1995, de 14 de diciembre, en la cual establece unos criterios de definición de esos conceptos distintos de los que figuran en nuestra legislación vigente; la sentencia del alto tribunal que fija esos criterios se motivaba en un recurso de inconstitucionalidad dirigido contra la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios públicos del Estado, y en ésta se declaran incon

Date: 
Thursday, 11 December, 2003

ORDRE TIC/484/2003, de 20 de novembre, per la qual s'estableix el calendari de festes locals a Catalunya per a l'any 2004.

Atès que els ajuntaments de Catalunya que es detallen han formulat propostes sobre les dues festes locals que corresponen al seu municipi i agregats, de conformitat amb l'article 37.2 de l'Estatut dels treballadors i l'article 46 del Reial decret 2001/1983, correspon a l'autoritat laboral determinar-les i publicar-les. En el cas dels ajuntaments que no han formulat proposta de festes locals en el present any dins del termini assenyalat, s'ha de fer constar en l'Ordre present.

Date: 
Thursday, 11 December, 2003

RESOLUCION 1015/2003, de 26 de noviembre, del Director General de Trabajo, por la que se determinan las fiestas locales para el año 2004, con carácter retribuido y no recuperable, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

El artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, que continua vigente en base a lo establecido en la Disposición Derogatoria Unica del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, establece que, junto con las fiestas de carácter general, serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables hasta 2 días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición le sean propias a cada municipio, determinándose por la Autoridad Laboral a propuesta del Pleno correspondiente.

Date: 
Wednesday, 10 December, 2003

DECRET 293/2003, de 18 de novembre, pel qual s'aprova el Reglament general de carreteres.

En l'exercici de les competències exclusives que confereix a la Generalitat de Catalunya l'article 9.14 de l'Estatut d'autonomia sobre les carreteres l'itinerari de les quals transcorri íntegrament pel territori de Catalunya, es va promulgar la Llei 7/1993, de 30 de setembre, de carreteres, amb la qual va quedar perfilada la regulació d'aquestes vies i es van establir els instruments necessaris per garantir la seva adequada ordenació, funcionalitat i protecció.

Date: 
Wednesday, 10 December, 2003

LEY 8/2003, de 21 de noviembre, de Establecimiento de una Deducción Autonómica en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para las adquisiciones «mortis causa» por descendientes y adoptados menores de veintiún años.

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 8/2003, de 21 de noviembre, de Establecimiento de una Deducción Autonómica en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para las adquisiciones «mortis causa» por descendientes y adoptados menores de veintiún años.

Date: 
Wednesday, 10 December, 2003

DECRETO 195/2003, de 2 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2004 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán en sus respectivos ámbitos el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, comprendiendo los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local correspondientes a su ámbito territorial.

Date: 
Tuesday, 9 December, 2003

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