Presentadas a depósito de modo telemático las cuentas anuales de una sociedad correspondientes al ejercicio 2022, son objeto de calificación negativa. Se da la circunstancia de que tanto el certificado del acuerdo de aprobación de la junta general como el certificado de correspondencia mediante generación de huella digital son aportados mediante archivo que contiene fotocopia de sus originales firmados, al parecer, con certificado de firma electrónica. El registrador rechaza el depósito porque la firma de dichos documentos no puede ser validada.
Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil III de Madrid, por la que se rechaza el depósito de cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio 2022.
Date:
Friday, 16 February, 2024