Ley del Principado de Asturias 2/2008, de 25 de abril, de Medidas Presupuestarias Urgentes.



    El Presidente del Principado de Asturias

    Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de medidas presupuestarias urgentes.

    Preámbulo

    1. Con fecha 4 de enero de 2008, el Gobierno del Principado de Asturias firmó el Acuerdo para la Competitividad, el Empleo y el Bienestar de Asturias con la Federación Asturiana de Empresarios y las organizaciones sindicales Unión General de Trabajadores y Comisiones Obreras.

    2. El Gobierno del Principado de Asturias, como parte firmante del Acuerdo, se compromete a la ejecución de una serie de medidas, agrupadas en distintas líneas de actuación, que han de financiarse con cargo a los Presupuestos del Principado de Asturias.

    3. La actual situación de prórroga presupuestaria originada por la no aprobación por la Junta General del Proyecto de Ley del Principado de Asturias de Presupuestos Generales pone de manifiesto la inexistencia de dotación económica o la insuficiencia en algunas aplicaciones presupuestarias para cubrir los compromisos asumidos en el Acuerdo.

    4. Por ello, para su financiación y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 32 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, se requiere suplementar ciertos créditos y dotar algunos nuevos inexistentes, todo ello por cuanto los gastos a financiar no pueden ser aplazados hasta el ejercicio siguiente, dada la urgente necesidad de aplicar las medidas que se pretenden.

    5. Asimismo, el Acuerdo para la Competitividad, el Empleo y el Bienestar de Asturias contempla la ejecución de las obras de la nueva autovía Avilés-Llanera, cuyo gasto debe ser excepcionado por ley de lo establecido en el artículo 29 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio.

    6. Por otro lado, se establecen las cuantías del Salario Social Básico en 2008, con el fin de dar cumplimiento al artículo 4 de la Ley del Principado de Asturias 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, con arreglo al cual, los importes y parámetros de dicho instrumento deben regularse anualmente por ley presupuestaria.

    7. Por último, y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 53 del citado texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario, con arreglo al cual el límite máximo de los avales se fijará por ley en cada ejercicio, resulta inaplazable, asimismo, que la presente Ley fije el límite máximo de los avales que puedan prestarse a lo largo del ejercicio 2008.

    Artículo 1.—Crédito extraordinario

    Se concede un crédito extraordinario por importe de 61.993.848 euros con la distribución presupuestaria que se recoge en el anexo I de la presente Ley.

    Artículo 2.—Suplemento de crédito

    Se concede un suplemento de crédito por importe de 33.167.256 euros con la distribución presupuestaria que se recoge en el anexo II de la presente Ley.

    Artículo 3.—Financiación

    El crédito extraordinario y el suplemento de crédito a que se refieren los anexos I y II se financiarán con cargo a los mayores ingresos derivados del modelo de financiación autonómico vigente para 2008 por importe de 95.161.104 euros con la distribución presupuestaria que se recoge en el anexo III de la presente Ley.

    Artículo 4.—Salario Social Básico

    1. Con efectos de 1 de enero de 2008 y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 4.1 b) y 4.5 de la Ley del Principado de Asturias 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, se establece la cuantía del módulo básico en 413,33 euros y la cuantía de los siguientes módulos complementarios: Para las unidades económicas de convivencia independiente de dos miembros será de 504,26 euros; de 570,40 euros, para unidades de tres miembros; de 636,52 euros, para unidades de cuatro miembros; de 665,45 euros, para unidades de cinco miembros; y de 681,99 euros, para unidades de seis o más miembros. Dichas cuantías se incrementarán en un 5 por ciento en los casos en que las correspondientes unidades económicas de convivencia independiente incluyan al menos una persona que tenga un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 45 por ciento, un grado de dependencia reconocida, de acuerdo con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, una edad menor de 25 años o una edad mayor de 64 años.

    2. A los efectos contemplados en el artículo 4.6 del referido texto legal, cuando dos o más unidades económicas de convivencia independiente compartan el mismo domicilio en conjunto no podrán acumular, computando los recursos económicos de todos sus miembros, de acuerdo con lo previsto en la normativa de aplicación, un máximo de una con setenta y cinco veces la cantidad que correspondería a una sola unidad con igual número de miembros. La reducción a que hubiera lugar se efectuará proporcionalmente para cada uno de los Salarios Sociales Básicos correspondientes a las unidades consideradas.

    3. A los efectos contemplados en el artículo 4.6 del referido texto legal, el máximo exento de los ingresos mensuales de las personas que, compartiendo la misma residencia, no computen como miembros de la unidad económica de convivencia independiente, se establece en cinco veces la cuantía del Salario Social Básico que les pudiera corresponder en el supuesto de ausencia total de recursos y en función del número total de personas convivientes.

    Artículo 5.—Límite máximo de los avales

    1. Durante el ejercicio 2008, la Administración del Principado de Asturias podrá avalar, en las condiciones que determine el Consejo de Gobierno, operaciones de crédito que se concierten por empresas o entidades con destino a actuaciones de reindustrialización o mejora de su estructura financiera hasta un límite de 42.000.000 euros.

    2. Durante el ejercicio 2008, la Administración del Principado de Asturias podrá avalar prestando un segundo aval, en las condiciones que se determinen por el Consejo de Gobierno, a aquellas pequeñas y medianas empresas avaladas por sociedades de garantía recíproca que sean socios partícipes de éstas, hasta un límite global de avales a conceder por esta línea de 9.600.000 euros.

    3. Las operaciones de crédito a avalar, según lo dispuesto en el apartado anterior, tendrán como única finalidad financiar inversiones productivas o actuaciones de reestructuración o reindustrialización de pequeñas y medianas empresas radicadas en Asturias. Ningún aval individualizado podrá significar una cantidad superior al 15 por ciento del total que se autorice, ni podrá exceder del 70 por ciento del importe de la operación avalada.

    4. Durante el ejercicio 2008, la Administración del Principado de Asturias podrá avalar, en las condiciones que determine el Consejo de Gobierno, operaciones de crédito no comprendidas en los apartados anteriores, hasta un límite global de avales a conceder por esta línea de 85.000.000 euros.

    Disposición adicional

    Gastos para la ejecución de las obras de la nueva autovía Avilés-Llanera:

    No serán de aplicación los requisitos y limitaciones establecidos en el artículo 29 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, a los gastos necesarios para la ejecución de las obras de la nueva autovía Avilés-Llanera.

    Disposición final

    Entrada en vigor:

    La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias.

    Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y Autoridades que la guarden y la hagan guardar.

    Dado en Oviedo, a 25 de abril de 2008.—El Presidente del Principado, Vicente Álvarez Areces.—8.296.

    Anexo I


Centro Gestor

Programa


N.º Econ.


N.º PEP


Denominación


Importe


11.05


141B


621.505


2007/581


Obras Juzgado Villaviciosa


709.497


11.05


141B


621.507


2008/342


Instituto Medicina Legal


1.000.000


Total Presidencia, Justicia e Igualdad


1.709.497

Centro Gestor

Programa


N.º Econ.


N.º PEP


Denominación


Importe


13.06


121D


627.503


2008/619


Implantación red WIFI zonas públicas


213.662


13.06


121D


489.501


2007/207


Cluster TIC-Acciones formación modelo Software Factory


2.180.627


13.07


521A


485.501


2008/618


Fenitel para la extensión Banda Ancha Rural


370.000


13.07


521A


485.502


2008/622


Asociación Empresa Digital


323.684


13.07


521A


485.503


2008/625


Apoyo Estratégico Sectores TIC desarrollo software en código abierto


500.000


13.07


521A


601.528


2008/508


Despliegue Red Fibra óptica Llanes


823.923


13.07


521A


601.529


2008/509


Despliegue Red Fibra óptica Parres-Arriondas


791.588


13.07


521A


601.530


2008/510


Despliegue Red Fibra óptica Infiesto-Piloña


776.643


13.07


521A


601.531


2008/511


Despliegue Red Fibra óptica Nava


740.000


13.07


521A


601.532


2008/512


Despliegue Red Fibra óptica Luarca


97.791


13.07


521A


601.533


2008/617


Despliegue Red Fibra óptica Comarcas Mineras


996.393


13.07


521A


765.501


2008/620


Consorcio Asturiano de Servicios Tecnológicos para “Brecha Digital”


300.000


13.07


521A


775.501


2008/621


Hogar conectado a Internet


500.000


13.07


521A


485.504


2008/639


Fundetec para pyto Hogar conectado a Internet


500.000


Total Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno


9.114.311

Centro Gestor

Programa


N.º Econ.


N.º PEP


Denominación


Importe


14.02


455E


762.501


2008/380


Casa de las Artes de Navia


500.000


14.03


458D


608.502


2008/466


Museo de Neanderthal


950.000


14.05


457A


631.501


2006/1459


Complejo Deportivo Femando Alonso


1.609.100


14.05


457A


631.502


2005/517


Ciudad Motor Tineo


1.571.000


14.06


451P


631.505


2005/152


Tito Bustillo


500.000


14.06


451P


631.506


2006/800


Centro Niemeyer


482.810


Total Cultura y Turismo


5.612.910

Centro Gestor

Programa


N.º Econ.


N.º PEP


Denominación


Importe


15.02


422A


631.524


2005/596


C.P La Corredoria


200.000


15.02


422A


631.525


2006/699


C P. Alfonso Camín


190.000


15.02


422A


631.526


2006/702


C.P. Montevil


80.000


15.02


422C


621.508


2007/76


IES Leopoldo Alas Clarín


200.000


15.02


422C


621.509


2006/1326


IES Infiesto


200.000


15.02


422C


621.510


2007/264


IES Rey Pelayo


200.000


15.02


422C


621.514


2005/220


IES Virgen de Covadonga


210.000


15.02


422C


621.515


2006/74


IES Valles de Turón


200.000


15.02


422C


621.516


2007/75


IES Doña Jimena


100.000


15.02


422C


622.501


2005/1110


IES La Corredoria


90.000


15.02


422C


622.502


2005/1139


IES Nava


50.000


15.02


422C


626.501


2005/1110


IES La Corredoria


850.000


15.02


422C


626.502


2005/220


IES Virgen de Covadonga


200.000


15.02


422C


626.503


2005/1139


IES Nava


300.000


15.02


422C


626.504


2006/1654


IES La Ería


400.000


15.02


422C


627.501


2005/1110


IES La Corredoria


90.000


15.02


422P


627.502


2004/1047


Equipamiento Docente


250.000


15.02


422G


622.503


2006/697


Conservatorio de Gijón


64.000


15.02


422G


626.505


2006/698


Conservatorio de Oviedo


250.000


15.02


422G


626.506


2006/697


Conservatorio de Gijón


480.000


15.02


422P


615.501


2004/1047


Equipamiento Docente


846.000


15.04


422B


621.518


2004/1100


Adaptación LOE. Centro de Formación Profesional


150.000


Total Educación y Ciencia


5.600.000

Centro Gestor

Programa


N.º Econ.


N.º PEP


Denominación


Importe


16.02


313E


410.501


2004/1113


Al ERA para el desarrollo de la Ley de la Dependencia


5.067.950


16.02


313E


621.532


2004/1225


Proyectos de Infraestructuras de dependencia


2.118.000


16.02


313E


710.501


2004/1113


Ampliación de la Red de Centros


1.700.000


16.02


313E


764.501


2008/638


Dotación de equipamientos para la dependencia


540.000


16.05


313L


484.505


2008/626


Apoyo al desarrollo de programas dirigidos a personas dependientes


134.160


16.05


313L


610.504


2008/308


Crédito Extraordinario para Estudios sobre Dependencia


300.000


Total Bienestar Social


9.860.110

Centro Gestor

Programa


N.º Econ.


N.º PEP


Denominación


Importe


17.03


513H


601.505


2007/215


Accesos HUCA


2.000.000


17.03


513H


601.506


2008/105


Accesos a ZALIA


1.000.000


17.03


513H


601.508


2006/289


Accesos a Soto de Ribera


100.000


17.03


513H


601.510


2007/1075


Accesos a Oviedo


3.000.000


17.03


513H


601.511


2005/477


A.T. Red. Pyto. Accesos M.I. ría Avilés


100.000


17.03


513H


601.513


2008/107


Conexión Red viaria en Lugones ASII (Villapérez)


500.000


17.03


513H


601.534


2006/306


Arcallana-Muñás


500.000


17.04


513G


601.519


2006/1219


Sistema elevador en Covadonga


300.000


17.04


514B


601.522


2008/83


Refuerzo del dique de abrigo del puerto de Llanes


500.000


17.04


514B


601.523


2008/615


Pantalanes e instalaciones portuarias y deportivas


1.250.000


17.04


513G


631.530


2008/612


Centro de Transportes de Llanera


120.000


17.04


513G


631.531


2008/613


Red de aparcamientos para mejora del transporte y movilidad/Aparcamientos en Cabrales, Mieres, La Caridad, Castropol, Benia de Onís, Langreo, Belmonte, Peñamellera Baja, Arriondas, Infiesto, Coaña


1.850.000


17.05


431A


621.520


2008/598


Edificación 144 VPP Roces


746.955


17.05


431A


621.521


2008/599


Edificación 148 VPP Roces


647.955


17.05


431A


621.522


2008/600


Edificación 35 VPP Arriondas


646.223


17.05


431A


621.523


2008/601


Edificación 8 VPP Santaya


213.098


17.05


431A


621.524


2008/602


Edificación 8 VPP Somiedo


163.598


17.05


431A


621.525


2008/603


Edificación 40 VPP Ferreros (Ribera de Arriba)


695.970


17.05


431A


621.526


2008/604


Edificación 20 VPP Sevares-Villamayor


496.980


17.05


431A


621.527


2008/605


Edificación 396 VPP Prado de la Vega


2.143.350


17.05


431A


621.528


2008/606


Edificación 8 VPP Cámara Agraria (Santaya)


149.490


17.05


431A


621.529


2008/607


Edificación 10 VPP San Tirso de Abres


248.985


17.05


431A


621.530


2008/608


Edificación 40 VPP Sotiello (Moreda)


596.970


17.05


431A


621.531


2008/609


Edificación 17 VPP Panes


446.490


17.05


431A


631.532


2008/610


Urbanización de Sotiello (Moreda)


246.114


Total Infraestructuras, Politica Territorial y Vivienda


18.662.178

Centro Gestor

Programa


N.º Econ.


N.º PEP


Denominación


Importe


18.06


441A


631.507


2008/267


C.I. río Caudal. Tramo Lena-Campomanes


850.000


18.06


441A


631.508


2008/269


C.I. río Nora: Tramo Lieres-Pola de Siero-El Remedio


850.000


18.06


441A


631.509


2008/268


C.I. río Aller: Tramo Oyanco-Cabañaquinta


850.000


18.06


441A


631.510


2008/265


Int. Río Covadonga entre Soto de Cangas y Covadonga


1.000.000


18.06


441A


631.514


2008/587


Saneamiento de Castropol-Vegadeo


359.000


18.06


441A


631.515


2008/588


E.D.A.R. de Cabrales


77.000


18.06


441A


631.516


2008/589


E D.A.R de Panes


25.000


18.06


441A


631.517


2008/590


Emisario submarino de Cudillero


119.000


18.06


441A


631.518


2008/591


Saneamiento en Castrillón


143.000


18.06


441A


631.520


2008/593


Incorporaciones a saneamiento y depuración. Villaviciosa


150.000


18.06


441A


631.537


2008/635


E.D.A.R. Riosa


148.000


18.06


441A


631.538


2008/636


Reforma E.D.A.R. de Llanes


200.000


18.06


441A


631.539


2008/637


Estación Depuradora de la Ría del Eo


200.000


18.08


443G


610.501


2008/97


Puesta en marcha del Observatorio de Sostenibilidad del Principado de Asturias


585.000


Total Medio Ambiente y Desarrollo Rural


5.556.000

Centro Gestor

Programa


N.º Econ.


N.º PEP


Denominación


Importe


20.01


411A


621.501


2007/872


C.P. Trubia (Oviedo)


967.575


20.01


411A


621.502


2006/803


C.S. Villalegre (Avilés)


445.880


20.01


411A


621.503


2007/840


C.P. Turón-Lago “La Cuadriella” (Mieres)


338.887


20.01


411A


621.504


2008/284


C.L. Villayón


30.000


20.01


411A


714.501


2008/368


Dotación para Planes de Montaje de Centros Sanitarios


3.096.500


20.04


411B


784.501


2004/1011


Hospital Grande Covián, Arriondas


1.000.000


Total Salud y Servicios Sanitarios


5.878.842

Total anexo I

61.993.848


    Anexo II


Centro Gestor

Programa


N.º Econ.


N.º PEP


Denominación


Importe


1602


313E


227.010


2008/634


Para Centros de Día


625.000


1602


313E


464.018


2004/1117


Centros de apoyo a la integración


38.112


1602


313E


484.002


2004/1124


Programa alojar a Ent. Ajenas personas con discapacidad


812.387


1602


313E


484.009


2004/1133


Convenios con Centros ocupacionales


285.866


1604


313A


484.051


2005/494


Salario Social


2.991.138


1604


313A


484.082


2007/138


Prestaciones personas dependientes


20.000.000


Total Bienestar Social


24.752.503

Centro Gestor

Programa


N.º Econ.


N.º PEP


Denominación


Importe


1903


322L


619.000


Otras inversiones


100.000


1903


322L


771.000


Ayudas a Empresas


3.814.753


1905


723A


420.004


2004/737


Al IDEPA para innovación, calidad, internacionalización y servicios avanzados


1.250.000


1905


723A


720.004


2004/761


Al IDEPA para programas de ayuda mejora competitividad de empresas asturianas


2.000.000


1905


723A


720.005


2004/762


Al IDEPA para actuaciones en el marco del Plan de Suelo Industrial


1.250.000


Total Industria y Empleo


8.414.753

Total anexo II

33.167.256


    Anexo III


Aplicación presupuestaria

Denominación


Importe


101.000


Tarifa autonómica del IRPF


65.453.696


402.007


Fondo de Suficiencia


29.707.408


Total ingresos


95.161.104
Date: 
Thursday, 8 May, 2008