EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente
LEY FORAL DE CUENTAS GENERALES DE NAVARRA DE 2002
EXPOSICION DE MOTIVOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, corresponde a la Diputación la elaboración de los Presupuestos Generales y la formalización de las Cuentas para su presentación al Parlamento, a fin de que por éste sean debatidos, enmendados y, en su caso, aprobados, todo ello conforme a lo que determinen las leyes forales.
El artículo 110 de la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra, atribuye al Departamento de Economía y Hacienda la formulación de las Cuentas Generales de Navarra, las cuales, una vez aprobadas por el Gobierno de Navarra, deberán remitirse al Parlamento de Navarra mediante el correspondiente proyecto de Ley Foral, tal como se previene en el artículo 115 de la Ley Foral 8/1988.
Cumplimentados por el Gobierno de Navarra los trámites indicados en relación con las Cuentas Generales del ejercicio 2002, emitido por la Cámara de Comptos el preceptivo dictamen y tramitado el proyecto de Ley Foral de Cuentas Generales de Navarra de 2002 de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 151 del Reglamento del Parlamento de Navarra, procede la aprobación de dicha Ley Foral.
Artículo único._Se aprueban las Cuentas Generales de Navarra de 2002 formuladas por el Departamento de Economía y Hacienda y aprobadas por el Gobierno de Navarra, de acuerdo con lo establecido en los artículos 113, 114 y 115 de la Ley Foral 8/1988, de la Hacienda Pública de Navarra, cuyo contenido figura en los documentos siguientes:
TOMO I. Contiene las Cuentas del Parlamento de Navarra, de la Cámara de Comptos, del Defensor del Pueblo, las Cuentas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, las Cuentas de las Sociedades Públicas y el Análisis de la ejecución de los Presupuestos Generales de Navarra para el año 2002. Este tomo contiene, entre otros, los siguientes documentos:
_Estados de Liquidación de los Presupuestos de Gastos e Ingresos.
_Balance General de Situación.
_Cuenta de Resultados.
_Estado de origen y aplicación de fondos.
_Cuenta general de Tesorería.
_Cuenta general de endeudamiento.
_Inventario de bienes, derechos y obligaciones.
_Estado demostrativo de la evolución y situación de los derechos a cobrar y de las obligaciones a pagar procedentes de ejercicios anteriores.
_Estado demostrativo de las inversiones realizadas durante el ejercicio en bienes de dominio público afectados al uso general.
_Estado de los compromisos adquiridos con cargo a ejercicios futuros.
TOMOS II y III. Desarrollo de las Cuentas del Parlamento de Navarra, de la Cámara de Comptos, del Defensor del Pueblo y de las Sociedades Públicas.
TOMO IV. Documentos detalle de la Liquidación de los Presupuestos Generales de Navarra y de los Estados Financieros al cierre del ejercicio 2002.
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de su majestad el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y su remisión al "Boletín Oficial del Estado" y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 2 de junio de 2004._El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.