Ley 8/2006, de 20-12-2006, que establece el Régimen Jurídico aplicable a la Resolución Administrativa en determinadas materias.

Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.

Exposición de motivos

El artículo 42.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece que el plazo en que debe notificarse la resolución expresa de un procedimiento no puede exceder de seis meses.

Por su parte, el artículo 43.2 de la citada Ley, igualmente tras su modificación, establece la regla general del silencio positivo en los procedimientos iniciados a solicitud de los interesados, de la que se exceptúan, con carácter general, los procedimientos de ejercicio del derecho de petición, aquéllos cuya estimación tenga como consecuencia la transferencia de facultades relativas al dominio público o al servicio público, los procedimientos de impugnación de actos y disposiciones y los de responsabilidad patrimonial.

Se excepcionan también de lo previsto en ambos preceptos los supuestos en los que una norma con rango de ley o norma de Derecho Comunitario Europeo establezcan lo contrario.

En cuanto a los efectos de la falta de resolución expresa en los procedimientos iniciados de oficio debe estarse a lo dispuesto en el artículo 44 de la misma Ley.

La adecuación de los procedimientos administrativos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en cumplimiento de lo dispuesto por la disposición adicional primera de la Ley 4/1999, de 13 de enero, se efectuó mediante la Ley 10/2001, de 22 de noviembre. Los cambios producidos en la estructura de la Administración de la Junta de Comunidades en el tiempo transcurrido desde su aprobación aconsejaban la revisión de los procedimientos administrativos afectados por las citadas previsiones para proceder a su actualización.

En la elaboración de las nuevas relaciones se ha partido del dato más invariable del sector de la actividad administrativa al que se adscriben los procedimientos en lugar del de la denominación del órgano que lo tramita, y se ha incluido una referencia precisa a la correspondiente normativa reguladora, para facilitar su localización, aunque prescindiendo, porque resultaría demasiado prolijo, de las eventuales rectificaciones y normas de modificación.

En la Ley no se incluyen referencias a los procedimientos en los que los ciudadanos deben comparecer personalmente ante las oficinas públicas por entender que, en las situaciones en que existe un auténtico deber de comparecencia de aquéllos ante las oficinas públicas, dicha obligación, o bien aparece directamente establecida en normas de rango legal o bien se está ante supuestos en los que la identificación personal del interesado en el procedimiento resulta indispensable y la necesidad de comparecencia se deriva del carácter legalmente intransferible del documento acreditativo de su identidad.

La presente Ley se dicta con base en la competencias exclusivas para la regulación de la organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno y del procedimiento administrativo derivado de las especialidades de dicha organización, atribuidas a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los artículos 31.1.1ª y 28ª y 39.3 de su Estatuto de Autonomía así como, en determinados casos, en los títulos competenciales referidos a las materias sustantivas a cuyos procedimientos se refiere.

Artículo 1. Duración máxima de los procedimientos.

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en cualquier otra norma estatal o autonómica con rango de ley, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución en los procedimientos administrativos que se recogen en el anexo 1 será el que en cada caso se indica.

2. La resolución de los procedimientos abreviados en materia de responsabilidad patrimonial y simplificados para el ejercicio de la potestad sancionadora deberá notificarse en el plazo máximo de tres meses desde su iniciación.

3. El plazo para dictar y notificar la resolución de los procedimientos de concesión de subvenciones o ayudas públicas será, como máximo, de un año, salvo que una norma con rango de ley establezca uno mayor o así venga previsto en la normativa comunitaria europea.

Artículo 2. Efecto desestimatorio del silencio.

1. En los procedimientos recogidos en el anexo 2, sin perjuicio de la obligación de la Administración de dictar resolución expresa en todos los casos, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo una vez transcurrido el plazo máximo fijado por la norma reguladora del procedimiento o, en su defecto, el de tres meses establecido con carácter general por el artículo 42.3 de la Ley 30/1992, del que serán informados en los términos previstos en el párrafo segundo de su apartado 4.

2. La falta de notificación de la resolución expresa, dentro del plazo aplicable en cada caso, en los procedimientos de concesión de subvenciones o ayudas públicas, legitimará a los interesados para entender desestimadas sus solicitudes en todos los casos en los que las normas reguladoras no prevean un efecto distinto.

Disposición derogatoria. Derogación normativa.

Quedan derogados los artículos 1 a 3 y la disposición final primera de la Ley 10/2001, de 22 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de cesión de datos personales, y el Decreto 182/1993, de 11 de noviembre, por el que se adecuan procedimientos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Disposiciones finales

Primera. Simplificación administrativa.

1. Todas las Consejerías de la Administración regional deberán establecer un programa anual de simplificación de los procedimientos administrativos de competencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que tramitan, tanto ellas como los organismos y entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia que de ellas dependan, y designar la unidad encargada de su puesta en práctica. Corresponderá a dicha unidad el mantenimiento actualizado de las relaciones de los procedimientos administrativos tramitados, para su publicación, a efectos informativos, con indicación del plazo máximo de su duración y de los efectos que en cada caso produzca el silencio administrativo.

2. La Consejería de Administraciones Públicas regulará la forma en la que se efectuará la coordinación de los responsables de las unidades designadas y fijará los criterios para la emisión de la comunicación a los interesados prevista en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segunda. Entrada en vigor.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 20 de diciembre de 2006

El Presidente

JOSE MARIA BARREDA FONTES



ANEXO 1


SECTOR/AREA DE LA ACTIVIDAD
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
NORMATIVA REGULADORA
PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
Administración local Alteración de términos municipales -Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha (DOCM n° 25, de27/03/91). Arts. 20 y ss. 1 año
Administración local Alteración del nombre y la capitalidad de los Municipios -Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio (BOE nº 194, de 14/08/86). Arts. 26 y ss. 7 meses
Administración local Aprobación de la desafectación de bienes comunales de las Corporaciones Locales -Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril (BBOOEE núms. 96 y 97, de 22 y 23/04/86). Art. 78.1. 9 meses
Administración local Autorización de la adjudicación en pública subasta, mediante precio del aprovechamiento de bienes comunales de las Corporaciones Locales -Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril (BBOOEE núms. 96 y 97, de 22 y 23"). Art. 75.3. 9 meses
Administración local Autorización de la enajenación, gravamen o permuta de bienes inmuebles, cuando su valor exceda del 25 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Corporación Local -Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril (BBOOEE núms. 96 y 97, de 22 y 23104186). Art 79.

- Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio (BOE n° 161, de 07/07/86). Arts. 109 y 115.

9 meses
Administración local Constitución del Concejo Abierto -Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha (DOCM n° 25, de 27/03/91), Arts. 52 y ss. 7 meses
Administración local Constitución o disolución de agrupaciones para el sostenimiento de plazas reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional -Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha (DOCM n° 25, de 27/03/91). Art. 49. 7 meses
Administración local Constitución y disolución de Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha (DOCM n° 25, de 27/03/91). Arts. 29 y 38. 1 año
Administración local Declaración de la urgencia de la ocupación de bienes afectados por expropiación forzosa en expedientes instruidos por las Corporaciones Locales Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 (BOE n° 351, de 17/12/54). Art. 52

Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 (BOE n° 160, de 20/06/57). Art. 56.

9 meses
Administración local Delegación de competencias a los Entes locales Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha (DOCM n° 25, de 27/03/91). Arts. 71 y ss. 9 meses
Administración local Deslinde de los términos municipales Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobarlo por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio (BOE n° 194, de 14/08/86). Arts. 17 y ss. 1 año
Administración local Otorgamiento de banderas y aprobación de escudos heráldicos municipales Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (BOE n° 305, de 22/12/86). Arts. 186 y 187. 1 año
Aguas minerales y termales Concesión del aprovechamiento de aguas minerales Ley 8/1990, de 28 de diciembre, de Aguas Minerales y Termales de Castilla-La Mancha (DOCM n° 1, de 02/01/91). Artc. 6 y ss.

Reglamento para la ejecución de la Ley 8/1990, reguladora del aprovechamiento, ordenación y fomento de las aguas minerales y termales de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto 4/1995, de 31 de enero (DOCM n° 5, de 03/02/95). Arts. 6 y ss.

7 meses
Aguas minerales y termales Declaración de la condición de mineral Ley 8/1990, de 28 de diciembre, de Aguas Minerales y Termales de Castilla-La Mancha (DOCM n° 1, de 02/01/91). Arts 3 y ss.

Reglamento para la ejecución de la Ley 8/1990, reguladora del aprovechamiento, ordenación y fomento de las aguas minerales y termales de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto 4/1995, de 31 de enero (DOCM n° 5, de 03/02/95). Arts. 3 y ss.

7 meses

SECTOR/ÁREA DE LA ACTIVIDAD
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
NORMATIVA REGULADORA
PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
Ayudas agroambientales Autorización de la transferencia total o parcial de la explotación durante el plazo de duración de los compromisos agroambientales Bases reguladoras de las ayudas al cultivo del girasol de secano en la rotación, agricultura ecológica, ahorro de agua en los regadíos de las zonas de Mancha Occidental y Campo de Montiel, mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción y control integrado del olivar (varias órdenes). 7 meses
Ganadería Autorización de mataderos para el sacrificio de animales procedentes de campañas de saneamiento ganadero Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal (BOE n° 99, de 25/04/03). Art. 20.

Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas de erradicación de enfermedades de los animales (BOE n° 307, de 21/12/96). Arts. 15 y 16.

7 meses
Ganadería Autorización de movimientos de cuotas lácteas: transferencias, cesiones temporales y trasvases Real Decreto 347/2003, de 21 de marzo, por el que se regula el sistema de gestión de cuota láctea. (BOE n° 72, de 25/03/03). Arts. 35 y ss. 1 año
Ganadería Calificación sanitaria de las explotaciones de ganado ovino, caprino, bovino y porcino Real Decreto 1716/2000, de 13 de octubre, por el que se establecen normas sanitarias para el intercambio intracomunitario de animales de las especies bovina y porcina (BOE n° 256, de 25/10/00).

Real Decreto 1941/2004, de 27 de septiembre, por el que se establecen las normas de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios y las importaciones de terceros países de animales de las especies ovina y caprina (BOE n° 237, de 01/10/04).

Orden de 16 de mayo de 2006, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las normas de ejecución de los programas de erradicación de la tuberculosis y brucelosis en el ganado de la especie bovina, de la tuberculosis caprina y de lo brucelosis en el ganado de las especies ovina y caprina, y vigilancia de la leucosis y la perineumonía bovinas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM n° 113, de 01/06/06). Arts. 5 y ss.

7 meses
Ganadería Concesión del título de Granja de Sanidad Comprobada y/o Granja de Protección Sanitaria Especial en explotaciones de ganado porcino -Resolución de 9 de febrero de 1982, de la Dirección General de la Producción Agraria, por la que se desarrolla la Orden de 21 de Octubre de 1960, en la que se dan normas sobre lucha contra la peste porcina africana y otras enfermedades del ganado porcino (BOE n° 53, de 03/03/82) Apartado I, Subapartados A) y B). 7 meses
Ganadería Inscripción, modificaciones, ampliaciones y cambios de titularidad en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas y Núcleos Zoológicos Orden de 13 de febrero de 2004, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las normas para la inscripción en el registro de explotaciones ganaderas y núcleos zoológicos en Castilla-La Mancha (DOCM n° 53, de 09/04/04). Arts. 4 y ss. 1 año
Ganadería Reconocimiento de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (ASDG) Decreto 20/2004, de 24 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para la constitución de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas y se establecen los programas sanitarios obligatorios en todas las explotaciones ganaderas de Castilla-La Mancha (DOCM n° 33, de 10/03/04). Arts. 5 y ss. 1 año
Ganadería Reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura Real Decreto 558/2001, de 25 de mayo, por el que se regula el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de razas puras (BOE n° 142, de 14/06/01) 4rts. 3 y ss. 1 año
Gas natural Autorización de la construcción, ampliación, modificación y explotación de instalaciones gasistas Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos (BOE n° 241, de 08110198). Art. 67. Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural (BOE n° 313, de 31/12/02). Arts. 70 y ss. 7 meses
Medio ambiente Autorización de las actividades de gestión de estiércoles de las explotaciones porcinas Orden de 4 de marzo de 2003, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas de gestión de los estiércoles de las explotaciones porcinas en Castilla-La Mancha (DOCM n° 38, de 19/03/03). Art. 11. 1 año
Montes Amojonamiento de montes de titularidad pública -Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE n° 280, de 22/11/03). Art. 21. 2 años
Montes Autorización de actividades en montes demaniales -Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE n° 280, de 22/11/03). Art. 15. 1 año
Montes Deslinde de montes de titularidad pública -Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE n° 280, de 22/11/03). Art. 21. 2 años

Ordenación alimentaria Autorización de organismos de evaluación de la conformidad en el ámbito agroalimentado (salvo laboratorios incluidos en el ámbito de aplicación del Decreto 43/2003, de 8 de abril) Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 32.

Real Decreto 1083/2001, de 5 de octubre, por el que se aprueba la norma de calidad para el jamón ibérico, paleta ibérica y caña de lomo ibérico elaborados en España (BOE n° 247, de 15/10/01). Arts. 3 y ss.

Reglamento (CE) 1760/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, que establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la cama de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno (DO L204, de 11/08/00). Arts. 16 y ss.

Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (DO L93, de 31/03/06). Art. 11.

1 año
Ordenación alimentaria Establecimiento de las normas de producción de los vinos de calidad producidos en regiones determinadas de Castilla-La Mancha -Ley 8/200 e 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 30

Decreto 127/2000 de 1 de agosto, por el que se establecen las condiciones del reconocimiento de las denominaciones de origen de los vinos de calidad reconocida producidos en pagos vitícolas determinados (DOCM n° 79, de 08/08/00). Arts. 3 y ss.

1 año
Ordenación sanitaria Autorizaciones de instalación de oficinas de farmacia -Decreto 102/2006, de 12 de septiembre, de planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines (DOCM n° 191, de 15/09/06). Arts. 33 y ss. 15 meses
Patrimonio histórico Aprobación de la declaración de Parque Arqueológico Ley 4/2001, de 10 de mayo, de Parques Arqueológicos de Castilla-La Mancha (DOCM n° 59, de 18/05/01). Arts. 4 y ss. 1 año
Radio

difusión

Concesión de prestación de servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas y modulación de frecuencia Decreto 59/1998, de 9 de junio, por el que se regula la gestión indirecta del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia. (DOCM n° 29, de 26/06/98). Arts. 6 y ss. 7 meses
Residuos Autorización de las actividades de valorización, eliminación y de otras actividades de gestión de residuos Ley 10/19%, de 21 de abril, de residuos (BOE n° 96, de 22104198). Arts. 13 y 15. 1 año

Vías pecuarias Autorización de la ocupación temporal de vías pecuarias. Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Arts. 22 y ss. 1 año
Vías pecuarias Modificación del trazado de las vías pecuarias a causa de la realización de obras públicas Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 20. 2 años
Viñedo Actualización del Registro Vitícola Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la viña y el vino de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 8.

Orden de 6 de atril de 2001, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula el potencial de producción vitícola en Castilla-La Mancha (DOCM n° 62, de 25/05/01). Art. 7.

1 año
Viñedo Concesión de derechos de nueva plantación Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la viña y el vino de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 11.

Orden de 6 de abril de 2001, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula el pote de producción vitícola en Castilla-La Mancha (DOCM n° 62, de 25/05/01). Art. 3.

1 año
Vivienda Declaración de área de urbanización protegida Decreto 38/2006, de 11 de abril, por el que se regula en el ámbito de Castilla-La Mancha el plan Estatal de Vivienda 2005-2008 y se desarrolla el IV Plan regional de Vivienda y Suelo de Castilla-La Mancha horizonte 2010 (DOCM n° 79, de 14/04/06). Art. 74.3. 1 año
Yacimientos minerales y recursos geológicos Autorización de aprovechamientos de residuos mineros Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n° 173, de 24/07/73). Art. 31.

Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto (BBOOEE núms. 295 y 296, de 11 y 12112178). Art. 47.

7 meses
Yacimientos minerales y recursos geológicos Autorización de establecimientos de beneficio -Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n° 173, de 24/07/73). Art, 112.

Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto (BBOOEE núms. 295 y 296, de 11 y 12/12/78). Art. 138.

7 meses
Yacimientos minerales y recursos geológicos Autorización de la explotación de recursos de la sección A) Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n° 173, de 24107173). Arts. 16 y ss.

Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto (BBOOEE núms. 295 y 296, de 11 y 12/12/78). Arts. 27 y ss.

7 meses
Yacimientos minerales y recursos geológicos Autorización para la utilización de estructuras subterráneas Ley 27/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n° 173, de 24107(73). Art. 34.

Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto (BBOOEE núms. 295 y 296, de 11 y 12/12/78). Arts. 51 y ss.

7 meses
Yacimientos minerales y recursos geológicos Autorizaciones y permisos de exploración, investigación y explotación de yacimientos de hidrocarburos -Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos (BOE n° 241, de 08/10/98). Arts. 14 y ss.

Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de (BOOEE núms. 295 y 296, de 11 y 12/12/78). Arts. 12 y ss.

7 meses
Yacimientos minerales y recursos geológicos Concesión de la explotación de recursos de la sección C) -Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n° 173, de 24/07/73). Arts 60 y ss, Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado par Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto (BBOOEE núms. 295 y 296, de 11 y 12/12/78). Arts. 79 y ss. 7 meses
Yacimientos minerales y recursos geológicos Concesión de permisos de exploración de recursos de la sección C) -Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n° 173, de 24/07/73). Arts. 40 y ss.

Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto (BBOOEE núms. 295 y 296, de 11 y 12/12/78). Arts. 59 y ss.

7 meses
Yacimientos minerales y recursos geológicos Constitución de cotos mineros Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n° 173, de 24/07/73). Arts. 108 y ss.

Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto (BBOOEE núms. 295 y 296, de 11 y 12/12/78). Arts. 134 y ss.

7 meses
Yacimientos minerales y recursos geológicos Declaración de yacimientos de origen no natural Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto (BBOOEE núms. 295 y 296, de 11 y 12/12/78). Art. 46. 7 meses
Yacimientos minerales y recursos geológicos Permisos de investigación de recursos de la sección C) Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n° 173, de 24107173). Arts. 43 y ss.

Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1976, de 25 de agosto (BBOOEE núms. 295 y 296, de 11 y 12/12/78). Arts. 62 y as.

7 meses


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Accesibilidad Acreditación de establecimientos, instalaciones y vehículos -Orden de 2 de marzo de 1998, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula la Acreditación de transporte público accesibles de Establecimientos, Instalaciones y Vehículos de transporte público Accesibles (DOCM n° 12, de 13/03/98). Arts. 2 y ss.
Acción social Acceso al Servicio de Ayuda a Domicilio y Teleasistencta -Orden de 22 de enero de 2003, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regulan y actualiza las prescripciones técnicas y el baremo de acceso del Servicio de Ayuda a Domicilio y Teleasistencia (DOCM n° 15, de 05/02/03). Art. 11 y as.
Acogimiento, guarda y adopción Internacional Acreditación de las Entidades Colaboradoras de Adopción -Decreto 44/2005, de 19 de abril, sobre acreditación, funcionamiento y control de las entidades colaboradoras de adopción internacional (DOCM n° 86, de 29/04/05). Arts. 5 y ss.
Acogimiento, guarda y adopción Asunción de la guarda de menores a solicitud de sus padres o tutores -Ley 3/1999, de 31 de marzo, del Menor de Castilla-La Mancha (DOCM n° 22, de 16/04/99). Art. 34.
Acogimiento, guarda y adopción Declaración de la idoneidad para la adopción -Decreto 2005, de 19 de abril, por el que se regula la adopción de menores (DOCM n° 86, de 29/04/05). Art. 6 y ss.
Acogimiento, guarda y adopción Inclusión como Familia Acogedora en el Programa de acogimiento familiar de menores de Castilla-La Mancha -Orden de 18 de diciembre de 2003, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula el programa de acogimiento familiar de menores en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM n° 181, de 26/12/03). Arta. 3 y ss.
Administración local Aprobación de la ejecución efectiva por las Entidades Locales de actividades económicas en régimen de monopolio -Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril (BBOOEE. núms. 96 y 97, de 22 y 23/04/86). Art. 97.2.
Artesanía Concesión del distintivo de calidad "Artesanías de Castilla- La Mancha" -Ley 14/2002, de 11 de julio, de Ordenación y Fomento de la Artesanía de Castilla-La Mancha (DOCM n° 90, de 24/07/02). Art. 13.
Atención a la infancia Admisión en Centros de Atención a la Infancia de titularidad autonómica -Orden de 29 de marzo de 2004, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula el horario y el procedimiento de admisión en Centros de Atención a la Infancia (DOCM n° 51, de 07/04/04). Arts. 5 y ss.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Atención a personas con discapacidad Acceso en Centros de Atención a Personas con Discapacidad Psíquica -Decreto 13/1999, de 16 de febrero, por el que se regula el procedimiento de acceso a Centros de Atención a personas con discapacidad psíquica (DOCM n° 11, de 26/02/99). Arts. 5 y ss.

-Orden de 17 de febrero de 1999, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula el procedimiento para la tramitación de solicitudes y adjudicación de plazas en los Centros de Atención a Personas con Discapacidad Psíquica integrados en la red pública de Castilla-La Mancha y se aprueba el baremo de ingreso (DOCM n° 11, de 26/02/99). Arts. 3 y ss.

Atención a personas con discapacidad Concesión, renovación y expedición de duplicados de la Tarjeta de Accesibilidad de Castilla-La Mancha -Decreto 158/1997, de 2 de diciembre, del Código de Accesibilidad de Castilla-La Mancha (DOCM n° 54, de 05/12/97). Arts. 61 y ss.

-Orden de 13 de junio de 2000, de la Consejería de Bienestar Social, de aplicación de la Tarjeta de Accesibilidad en Castilla-La Mancha, por la que se modifica el formato de la Tarjeta de Accesibilidad y se establece el procedimiento para su concesión y renovación (DOCM n° 62, de 23/06/00). Arts. 2 y ss.

Atención a personas con discapacidad Ingreso en Centros de Atención a Personas con Discapacidad Física -Decreto 281/2004, de 10 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de los Centros de Atención a Personas con Discapacidad Física de Castilla-La Mancha y el procedimiento de acceso a los mismos (DVPM n° 240, de 21/12/04). Arts. 7 y ss.

-Orden de 29 de marzo de 2005, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula el procedimiento para la tramitación de solicitudes y adjudicación de plazas en los centros de atención a personas con discapacidad física integrados en la red pública de Castilla-La Mancha (DOCM n° 70, de 07/04/05). Arts. 3 y ss.

Atención a personas con discapacidad Permutas entre Centros de Atención a personas con discapacidad física -Decreto 281/2004, de 10 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de los Centros de Atención a Personas con Discapacidad Física de Castilla-La Mancha y el procedimiento de acceso a los mismos (DOCM n° 240, de 21/12/04). Art. 17.

-Orden de 29 de marzo de 2005, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula el procedimiento para la tramitación de solicitudes y adjudicación de plazas en los centros de atención a personas con discapacidad física integrados en la red pública de Castilla-La Mancha (DOCM n° 70, de 07/04/05). Art. 7.



ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Atención a personas con discapacidad Permutas entre Centros de Atención a Personas con Discapacidad Psíquica -Decreto 13/1999, de 16 de febrero, por el que se regula el procedimiento de acceso a Centros de Atención a Personas con Discapacidad Psíquica (DOCM n° 11, de 26/02/99). Art. 16.
Atención a personas con discapacidad Reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía -Orden de 21 de marzo de 2000, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía (DOCM n° 30, de 30/03/00). Arta. 6 y ss.
Atención a personas con discapacidad Traslados voluntarios en Centros de Atención a personas con discapacidad física -Decreto 281/2004, de 10 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de los Centros de Atención a Personas con Discapacidad Física de Castilla-La Mancha y el procedimiento de acceso a los mismos (DOCM n° 240, de 21/12/04). Art. 16. y ss

Orden de 29 de marzo de 2005, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula el procedimiento para la tramitación de solicitudes y adjudicación de plazas en los centros de atención a personas con discapacidad tísica integrados en la red pública de Castilla-La Mancha (DOCM n° 70, de 07/04/05). Art. 5. y ss.

Atención a personas con discapacidad Traslados voluntarios en centros de la red pública de Centros de Atención a Personas con Discapacidad Psíquica -Orden de julio de 2002, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula el procedimiento de traslados en los Centros de Atención a Personas con Discapacidad Psíquica integrados en la red pública de Castilla-La Mancha y se aprueba el baremo de traslados (DOCM n° 89, de 22/07/02). Arts. 3 y ss.
Atención a personas mayores Acceso a Centros Residenciales de Mayores de la Red Pública de Castilla-La Mancha -Decreto 131/1996, de 22 de octubre, del Régimen Jurídico y del Sistema de Ingreso en las plazas de los Centros Residenciales de Mayores de la Red Pública de Castilla-La Mancha (DOCM n° 48, de 31/10/96).

Orden de 7 de junio de 2002, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se aprueba el procedimiento para la tramitación y el baremo para la valoración de solicitudes y adjudicación de plazas en los Centros Residenciales de Mayores de la Red Pública de Castilla-La Mancha (DOCM n° 73, de 14/06/02).

- Resoluciones de 7 de marzo de 1997, de la Dirección General de Servicios Sociales, por las que se regulan la composición de las Comisiones de Valoración y otros aspectos del régimen de acceso y causas de exclusión del sistema de ingreso en las plazas de los Centros Residenciales para Personas Mayores integrados en la Red Pública de Castilla-La Mancha y se aprueba la solicitud de ingreso y documentación acreditativa de las circunstancias que hayan de valorarse en la aplicación del baremo (DOCM n° 12, de 20/03/97).



ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Atención a personas mayores Concertación de plazas en balnearios -Orden de 11 de febrero de 2000, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se crea el programa de Termalismo de Castilla-La Mancha y se regula el sistema de concertación de plazas de balnearios (DOCM n° 15, de 25/02/00). Arts. 12 y ss.
Atención a personas mayores Concertación de plazas residenciales, estancias temporales y estancias diurnas en Centros Residenciales y Centros de Mayores -Orden de 25 de julio de 1998, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula la concertación de plazas residenciales, estancias temporales y estancias diurnas en Centros Residenciales y Centros de Mayores (DOCM nº 36, de 07/08/98). Arts. 10 y ss.
Atención a personas mayores Concesión de plazas para el Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha -Orden de 11 de febrero de 2000, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se crea el programa de Termalismo de Castilla-La Mancha y se regula el sistema de concertación de plazas de balnearios (DOCM n° 15, de 25/02/00).

-Bases reguladoras de las convocatorias del Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha (Convocatorias periódicas de la Consejería de Bienestar Social).

Atención a personas mayores Concesión de plazas para el Programa de Turismo Social de Castilla-La Mancha -Bases reguladoras de las convocatorias del Programa de Turismo Social (Convocatorias periódicas de la Consejería de Bienestar Social).
Atención a personas mayores Estancias diurnas en Centros Gerontológicos de la Red Pública de Castilla-La Mancha -Orden de 26 de noviembre de 1998, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula el régimen jurídico y el sistema de acceso a los Servicios de Estancias Diurnas en Centros Gerontológico de la Red Pública de Castilla-La Mancha (DOCM n° 57, de 04/12/98). Arts. 7 y ss.
Atención a personas mayores Estancias temporales en plazas de Centros Residenciales de Mayores de la Red Pública de Castilla-La Mancha -Decreto 131/1996, de 22 de octubre, del Régimen Jurídico y del Sistema de Ingreso en las plazas de los Centros Residenciales de Mayores de la Red Pública de Castilla-La Mancha (DOCM nº. 48, de 31/10/96)

.-Orden de 23 de octubre de 1997, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se aprueba el procedimiento para la tramitación y valoración de solicitudes de estancias temporales en plazas de los Centros Residenciales de Mayores de la Red Pública de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 07/11/97). Art. 6 y ss.



ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Atención a personas mayores Permutas en Residencias de Mayores de la Red Pública de Castilla-La Mancha -Decreto 131/1996, de 22 de octubre, del Régimen Jurídico y del Sistema de Ingresa en las plazas de los Centros Residenciales de Mayores de la Red Pública de Castilla-La Mancha (DOCM n° 48, de 31/10/96).

Orden de 27 de junio de 1997, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se aprueba el procedimiento para la tramitación y valoración de traslados voluntarios y permutas en las Residencias de Mayores de la Red Pública de Castilla-La Mancha (DOCM n° 32, de 11/07/97). Arts. 3 y ss.

Atención a personas mayores Traslados voluntarios en Residencias de Mayores de la Red Pública de Castilla-La Mancha -Decreto 131/1996, de 22 de octubre, del Régimen Jurídico y del Sistema de Ingreso en las plazas de los Centros Residenciales de Mayores de la Red Pública de Castilla-La Mancha (DOCM n° 48, de 31/10/96).

- Orden de 27 de junio de 1997, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se aprueba el procedimiento para la tramitación y valoración de traslados voluntarios y permutas en las Residencias de Mayores de fa Red Pública de Castilla-La Mancha (DOCM n° 32, de 11/07/97).

Ayudas agroambientales Autorización de la transferencia total parcial de la explotación durante el plazo de duración de los compromisos agroambientales -Bases reguladoras de las ayudas al cultivo del girasol de secano en la rotación, agricultura ecológica, ahorro de agua en los regadíos de las zonas de Mancha Occidental y Campo de Montiel, mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción y control integrado del olivar (Diversas órdenes de la Consejería de Agricultura).
Carreteras de titularidad autonómica Autorización de accesos o cambios de uso de los existentes -Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos (DOCM n° 1, de 0210/191). Art. 29.

-Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (BOE n° 228, de 23/09/94). Arts. 104 y ss.

Carreteras de titularidad autonómica Autorización de la colocación de carteles informativos -Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos (DOCM n° 1, de 02/01/91). Art. 24.

-Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (BOE n° 228, de 23/09/94). Art. 89.

Carreteras de titularidad autonómica Autorización de la construcción de estaciones de servicio en las carreteras de titularidad autonómica, fuera de las áreas de servicio -Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (BOE n° 228, de 23/09/94). Arts. 70 y ss.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Carreteras de titularidad autonómica Autorización de obras de reparación mejora de construcciones e instalaciones en la zona de protección -Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos (DOCM n° 1, de 02/01/91). Art. 26.3.

-Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (BOE n° 228, de 23/09/94). Arts. 92 y ss.

Carreteras de titularidad autonómica Autorización de obras e instalaciones fijas o provisionales, vertidos de residuos, cambios de uso y plantaciones en la zona de protección -Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos (DOCM n° 1, de 02/01/91). Art. 26.2.

- Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1817/1994, de 2 de septiembre (BOE n° arbóreas 228, de 23/09/94). Arts. 92 y ss.

Carreteras de titularidad autonómica Autorización de obras, usos, instalaciones y realización de actividades en la zona de servidumbre -Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos (DOCM n° 1, de 02/01/91). Art. 25.

-Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (BOE n° 228, de 23/09/94). Arts. 92 y ss.

Carreteras de titularidad autonómica Autorización de pruebas deportivas y de otros usos excepcionales -Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (BOE n° 228 de 23/09/94). Art. 108.
Carreteras de titularidad autonómica Modificación o suspensión de las autorizaciones otorgadas en materia de carreteras de titularidad autonómica -Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (BOE n° 228, de 23/09/04). Art. 96.
Caza Aprobación de los planes técnicos de los cotos de caza -Ley 2/1993, de 15 de julio, de caza de Castilla-La Mancha (DOCM n° 58, de 04/08/93). Art. 61.
Caza Autorización de la celebración de monterías, ganchos y batidas -Reglamento general de aplicación de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de caza de Castilla-la Mancha, aprobado por Decreto 141/1996, de 9 de diciembre (DOCM n° 57, de 20/12/96). Art. 46.n).
Contratación administrativa Inscripción en el Registro de Licitadores -Orden de 8 de abril de 2002, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las normas de funcionamiento del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM n° 47, de 17/04/02). Arts. 2 y ss.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Cultura Integración en la Red de Teatros, Auditorios y Casas de Cultura de Castilla-La Mancha -Orden de 14 de marzo de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula la Red de Teatros, Auditorios y Casas de Cultura de Castilla-La Mancha (DOCM n° 36, de 23/03/01). Norma 9ª.
Datos de carácter personal Comunicación de datos a terceros -Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE n° 298, de 14/12/99). Art, 11.
Educación Admisión del alumnado en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos -Decreto 22/2004, de 2 de marzo, de admisión del alumnado en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM n° 31, de 05/03/04). Arts. 7 y ss.

- Orden de 12 de marzo de 2004, de la Consejería de Educación, de desarrollo del proceso de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, (DOCM n° 37, de 17/03/04). Arts. 12 y ss.

- Orden de 12 de marzo de 2004, de la Consejería de Educación, por la que se regula el proceso de admisión del alumnado en Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio y Grado Superior en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, (DOCM n° 37, de 17/03/04). Arts. 10 y ss.-

Orden de 4 de mayo de 2004, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado para cursar Enseñanzas de Régimen Especial en los centros docentes no universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM n° 78, de 11/05/04), Arts. 4 y ss,

Educación Admisión de estudiantes en residencias universitarias -Orden de 21 de febrero de 2002, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se aprueban las normas reguladoras de la Red de Residencias Universitarias de Castilla- La Mancha (DOCM n° 27, de 04/03/02). Art. 10.
Educación Servicio de transporte escolar -Orden de 22 de junio de 2004, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regula la organización y funcionamiento del servicio de transporte escolar (DOCM n° 128, de 19/07/04). Art. 4.
Energía eléctrica Aprobación de proyectos de ejecución de las instalaciones eléctricas -Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE n° 310, de 27/12/00). Arta. 130 y ss.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Energía eléctrica Autorización de cierre de las instalaciones eléctricas -Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE n° 319, de 27/12/00). Arts. 135 y ss.
Energía eléctrica Autorización de explotación de las instalaciones eléctricas -Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE n° 310, de 27/12/00). Art. 132.
Energía eléctrica Autorización de la construcción, ampliación y modificación de las instalaciones eléctricas -Ley 54/1997, de 27 de noviembre, reguladora del sector eléctrico (BOE n° 285, de 28/01/97). Arts. 21, 28, 36, y 40.

- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE n° 310, de 27/12/00). Arts. 111 y ss.

Energía eléctrica Autorización de transmisión de las instalaciones eléctricas -Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOé n° 310, de 27/12/00). Arts. 133 y 134.
Energía eléctrica Inscripción definitiva en el Registro Autonómico de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial -Decreto 299/2003, de 4 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de reconocimiento de la Condición de Instalación de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial y la creación del Registro Autonómico de las instalaciones acogidas a dicho Régimen. (DOCM n° 158, de 07/11/03). Arts. 11 y 12.

- Real Decreto 436/2004, de 12 de marzo, por el que se establece la metodología para la actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial (BOE n° 75, de 27/03/04). Art. 12 y ss.

Energía eléctrica Reconocimiento de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas -Ley 54/1997, de 27 de noviembre, reguladora del sector eléctrico (BOE n° 285, de 28/01/97). Arts. 53.

-Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE n° 310, de 27/12/00). Arts. 143 y ss.

ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Energía eólica Aprobación de los Planes Eólicos Estratégicos -Decreto 58/1999, de 18 de mayo, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica, a través de parques eólicos, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM n° 33, de 21/05/99). Arts. 5 y ss.
Energía eólica Aprobación de proyectos de ejecución de los Parques Eólicos. -Decreto 58/1999, de 18 de mayo, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica, a través de parques eólicos, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM n° 33, de 21/05/99). Arts. 21 y ss.
Energía eólica Autorización de instalación de los Parques Eólicos -Decreto 58/1999, de 18 de mayo, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica, a través de parques eólicos, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM n° 33, de 21/05/99). Arts. 15 y ss.
Energía eólica Autorización de la entrada en funcionamiento de los Parques Eólicos -Decreto 58/1999, de 18 de mayo, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica, a través de parques eólicos, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM n° 33, de 21/05/99). Art. 25.
Estructuras agrarias Concentraciones parceladas de carácter privado -Decreto 215/2001, de 18 de diciembre, por el que se establecen los procedimientos reguladores de las Concentraciones Parcelarias de carácter privado en el ámbito de Castilla-La Mancha (DOCM n° 138, de 28/12/01). Arts. 9 y ss.
Familia numerosa Reconocimiento de la condición de familia numerosa y la expedición del Título correspondiente -Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las Familias Numerosas (BOE n° 277, de 19/11/03).

-Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas (BOE n° 15, de 18/01/06).

Formación profesional Acceso de los centros colaboradores a la categoría de Centro de Excelencia del SEPECAM -Orden de 17 de agosto de 2005, de la Consejería de Trabajo y Empleo, sobre los Centros de Excelencia del Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha. (DOCM n° 181, de 09/09/05)
Formación profesional Homologación e inscripción de Centros Colaboradores del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional -Orden de 23 de febrero de 2005, de la Consejeria de Trabajo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la formación profesional permanente de trabajadores en situación de desempleo en el marco del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha y se convocan las ayudas para el desarrollo de acciones de formación (DOCM n° 43, de 01/03/05). Art. 4.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Ganadería Autorización de etiquetas para el marcado de canales de vacuno pesado -Real Decreto 1892/1999, de 10 de diciembre, por el que se aplica el modelo comunitario de clasificación de las canales de vacuno pesado y las normas comunitarias sobre registros de precios (BOE n° 313, de 31/12/99). Art. 8.
Ganadería Autorización de mataderos para el sacrificio de animales procedentes de campañas de saneamiento ganadero -Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal (BOE n° 99, de 25/04/03). Art. 20.

-Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales (BOE n° 307, de 21/12/96). Arts. 15 y 16.

Ganadería Autorización de movimientos de cuotas lácteas: transferencias, cesiones temporales y trasvases -Real Decreto 347/2003, de 21 de marzo, por el que se regula el sistema de gestión de cuota láctea. (BOE n° 72, de 25/03/03). Arts. 35 y ss.
Ganadería Autorización de veterinarios, a propuesta de los titulares de explotaciones ganaderas, para la firma de certificados y documentos de acompañamiento exigidos por la normativa veterinaria en Castilla-La Mancha -Decreto 21/2004, de 24 de febrero, regula autorización de veterinarios en Castilla-La Mancha para la certificación de las requerimientos exigidos por la normativa veterinaria (DOCM n° 33, de 10/03/04). Arts. 4 y ss.
Ganadería Autorización del vacío sanitario por motivos epidemiológicos -Orden de 16 de mayo de 2006, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las normas de ejecución de tos programas de erradicación de la tuberculosis y brucelosis en el ganada de la especie bovina, de la tuberculosis caprina y de la brucelosis en las especies ovina y caprina, y vigilancia de la leucosis y la perineumonía bovinas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM n° 113, de 01/06/06). Art. 11.
Ganadería Concesión del título de Granja de Sanidad Comprobada y/o Granja de Protección Sanitaria Especial en explotaciones -Resolución de 9 de febrero de 1982, de la Dirección General de la Producción Agraria, por la que se desarrolla la Orden de 21 de octubre de 1980, del Ministerio de Agricultura, por la que se establecen de ganado porcino normas complementarias sobre lucha contra la peste porcina africana y otras enfermedades del ganado de cerda (BOE n° 53, de 03/03/82). Apartado I, subapartados A) y B).
Ganadería Inscripción, modificaciones, ampliaciones y cambios de Titularidad en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas y Núcleos Zoológicos -Orden de 13 de febrero de 2004, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las normas para la inscripción en el registro de explotaciones ganaderas y núcleos zoológicos en Castilla-La Mancha (DOCM n° 53, de 09/04/04). Arts. 4 y ss.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Ganadería Obtención de la Calificación sanitaria en las explotaciones de ganado ovino, caprino, bovino y porcino -Real Decreto 1941/2004, de 27 de septiembre, por el que se establecen las normas de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios y las importaciones de terceros países de animales de las especies ovina y caprina (BOE n° 237, de 01/10/04).

Real Decreto 1716/2000, de 13 de octubre, sobre normas sanitarias para el intercambio intracomunitario de animales de las especies bovina y porcina (BOE n° 256, de 25/10/00).

Ganadería Reconocimiento de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG) -Decreto 20/2004, de 24 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras pare la constitución de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG) en Castilla-La Mancha y se establecen los programas sanitarios obligatorios en todas las explotaciones ganaderas de Castilla-La Mancha (DOCM n° 33, de 10/03/04). Arts. 5 y ss.
Ganadería Reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura -Real Decreto 558/2001, de 25 de mayo, por el que se regula el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura (BOE n° 142, de 14/06/01). Arts. 3 y ss.
Gas natural Aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones gasistas -Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural(BOE n° 313, de 31/12/02). ARs. 83 y 84.
Gas natural Autorización de cierre de las instalaciones gasistas -Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural (BOE n° 313, de 31/12/02). Arts. 88 y ss.
Gas natural Autorización de explotación de las instalaciones gasistas -Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, par el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural (BOE n° 313, de 31/12/02). Art. 85.
Gas natural Autorización de la construcción, ampliación, modificación y explotación de las instalaciones gasistas -Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural (BOE n° 313, de 31/12/02). Arts. 70 y ss.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Gas natural Autorización de transmisión de las instalaciones gasistas -Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural (BOE n° 313, de 31/12/02). Arts. 86 y 87.
Gas natural Reconocimiento de la utilidad pública de las instalaciones gasistas -Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural (BOE n° 313, de 31/12/02). Arts. 95 y ss.
Gestión de personal Declaración de la jubilación voluntaria o por incapacidad permanente a instancia del funcionario interesado -Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, aprobada por Decreto 315/1964, de 7 febrero (BOE n° 40, de 15/02/64). Arts. 37.2 y 39.2.

Resolución de 29 de diciembre de 1995, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se modifican los procedimientos de jubilación del personal civil incluido en el ámbito de cobertura del régimen de clases pasivas del Estado (BOE n° 10, de 11/01/96). Aptdos. 5° y ss.

Ley 55/2003, de 16 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE n° 301, de 17/12/03). Art. 26.4.

Gestión de personal Declaración de situaciones administrativas Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo (BOE n° 85, de 10/03/95).
Gestión de personal Exención de participación en turnos de atención continuada. -Artículo 48 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE n°301, de 17 de diciembre).

-Pacto sobre exención de guardias a los facultativos de más de 55 años, publicado por Resolución de 8 de agosto de 1997, de la Dirección General de Trabajo (BOE n° 298, de 13/12/97).

Acuerdos entre la Administración del Estado y las Organizaciones Sindicales más representativas en el sector sobre aspectos profesionales, económicos y organizativos en las instituciones sanitarias, publicado por Resolución de 10 de junio de 1992 de la Secretaría General para el Sistema Nacional de Salud. (BOE n° 159, de 03/07/92) y sobre Atención Primaria, publicado por Resolución de 15 de enero de 1993, de la Dirección General del Instituto Nacional de la Salud (BOE n° 28, de 02/02/93).



ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Gestión de personal Permuta de destinos entre funcionarios adscritos con carácter definitivo a puestos de trabajo de las mismas características -Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, aprobada por Decreto 315/1964, de 7 febrero (BOE n° 40, de 15/02/64). Art. 62.

Acuerdo entre la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y Organizaciones Sindicales sobre Condiciones de Trabajo en la Administración para el periodo 2005-2007 (DOCM n° 54, de 16/03/05). Titulo III, Capítulo I, Apartado 6º.

Gestión de personal Prórroga en el servicio activo -Resolución de 31 de diciembre de 1996, de la Secretarla de Estado para la Administración Pública, por la que se dictan normas complementarias de procedimiento para la aplicación de la prolongación de la permanencia en el servicio activo a los funcionarios públicos en el ámbito de la Administración General del Estrado (BOE n° 1, de 01/01/97).

Ley 55/2003, de 16 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE n° 301, de 17/12/03). Art. 26.3.

Gestión de personal Reconocimiento de la adquisición y cambios de grado personal por el desempeño de puestos de trabajo -Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE n° 85, de 10/04/95). Art. 70.
Gestión de personal Reconocimiento de la antigüedad en el servicio -Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (BOE n° 185, de 03/08/84). Art. 23.21).

Ley 55/2003, de 16 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. (BOE n° 301, de 17/12/03). Art. 42.

Gestión de personal Reconocimiento de la compatibilidad para el ejercicio de un segundo puesto o actividad en el sector público o de actividades privadas -Decreto 25/1985, de 5 de marzo, sobre aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, al personal al servicio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (DOCM n° 10, de 12/03/85). Arts. 2 y ss.
Gestión de personal Reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública -Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, que complementa la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública (BOE n° 159, de 05/07/82).


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Gestión de personal Reingreso al servicio activo -Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (BOE n° 185, de 03/08/84). Art. 29 bis.

Resolución de 15 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se dictan reglas aplicables a determinados procedimientos en materia de reingreso al servido activo y de asignación de puestos de trabajo (BOE n° 47, de 23/02/96).

Ley 55/2003, de 16 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE n° 301, de 17/12/03). Art. 69.2.

Gestión de personal Solicitud de anticipos, diferencias o incrementos retributivos -Leyes de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Gestión de personal Solicitud de la encomienda de cualquier cometido que dé derecho a percibir indemnización por razón del servicio o de permisos para asistencia a conferencias, jornadas, seminarios, congresos y cursos de formación, capacitación, especialización o análogos -Decreto 36/2006, de 4 de abril de 2006, sobre indemnizaciones por razón del servicio (DOCM n° 74, de 07/04/06)

Resolución de 20 de diciembre de 2005, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal civil al servicio de la Administración General del Estado (BOE n° 309, de 27/12/05).

Juventud Participación en cursos de formación -Bases reguladoras de las convocatorias de los cursos para la obtención de la titulación de monitor o director de actividades juveniles y de formación para agentes integrantes de la animación juvenil (órdenes periódicas).
Medio ambiente Autorización de las actividades de gestión de estiércoles de -Orden de 4 de marzo de 2003, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las explotaciones porcinas las normas de gestión de los estiércoles de las explotaciones porcinas en Castilla-La Mancha (DOCM n° 38, de 19/03/03). Art. 11.
Metrología Autorización de centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales -Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, que establece los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales (BOE n° 91, de 16 de abril de 2005). Arts. 6 y ss.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Metrología Autorización de entidades de verificación periódica de analizadores de gas -Orden de 15 de abril de 1996, del Ministerio de Fomento, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir las emisiones de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa (BOE n° 100, de 27/04/96). Art, 24.
Metrología Autorización de entidades de verificación periódica de cinemómetros -Orden de 11 de febrero de 1994, del Ministerio de Obras Públicas y Medio Ambiente, por la que se regulan los cinemómetros destinados a medir la velocidad de vehículos a motor (BOE n° 43, de 19/02/94). Art. 24.
Metrología Autorización de entidades de verificación periódica de etilómetros -Orden de 27 de julio de 1994, del Ministerio de Obras Públicas y Medio Ambiente, por la que se establece el control metrológico del Estado para los instrumentos destinados a medir la concentración de alcohol en el aire espirado, denominados etilómetros (BOE n° 181, de 30/07/94). Art. 24.
Metrología Autorización de entidades de verificación periódica de instrumentos de pesaje -Orden de 21 de marzo de 2001, de la Consejería de Industria y Trabajo por la que se establece el procedimiento para la autorización de organismos de verificación y se distribuyen las competencias con relación a la Orden de 27 de abril de 1999, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha (DOCM n° 45, de 10/04/01)
Metrología Autorización de entidades de verificación periódica de manómetros -Orden de 16 de enero de 1996, del Ministerio de Fomento, por la que se regulan los manómetros de uso público dotados total o parcialmente de componentes electrónicos, destinados a medir la presión de los neumáticos de los vehículos automóviles (BOE n° 26, de 30/01/96).Art. 24.
Metrología Autorización de entidades de verificación periódica de opacímetros -Orden de 18 de marzo de 1999, del Ministerio de Fomento, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir la opacidad y determinar el coeficiente de absorción luminosa de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por compresión. (BOE n° 84, de 08/04/99). Art. 24.
Metrología Autorización de entidades de verificación periódica de sonómetros -Orden de 16 de diciembre de 1998, del Ministerio de Fomento, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir niveles de sonido audible (BOE n° 311, de 29/12/98). Art. 24.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Metrología Autorización de instrumentos de laboratorios de verificación primitiva de medida Real Decreto 1617/1985, de 11 de septiembre, sobre el procedimiento para la habilitación de laboratorios de verificación metrológica oficialmente autorizados (BOE n° 219, de 12/09/85). Arts. 4 y ss.
Metrología Autorización de organismos privados de verificación periódica de sistemas de medida de líquidos distintos del agua destinados a suministros de carburantes y combustibles líquidos -Orden de 18 de mayo de 1999, de la Consejería de Industria y Trabajo, por la que se fijan las condiciones y requisitos a reunir por organismos privados para ser autorizados en la realización del control metrológico previsto en la Orden del Ministerio de Fomento de 27 de mayo de 1998 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM n° 34, de 28/05/99).
Metrología Autorización para el uso de contadores estáticos. -Reglamento de Puntos de Medida de los Consumos y Tránsitos de Energía Eléctrica, aprobado por Real Decreto 2018/1997, de 26 de diciembre (BOE n° 312, de 30/12/97). Art. 8.
Metrología Inscripción en el Registro de Control Metrológico -Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología (BOE n° 67, de, 19/03/85). Art. 8. Real Decreto 914/2002, de 6 de septiembre, por el que se regula el Registro de Control Metrológico (BOE n° 224 de 18/096/02). Arts. 2 y ss.
Metrología Inscripción y modificaciones en el registra de explotaciones ganaderas -Orden de 13 de febrero de 2004, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las normas para la inscripción en el registro explotaciones ganaderas y núcleos zoológicos en Castilla-La Mancha (DOCM n° 53, de 09/04/04). Arts. 4 y 7.
Metrología Verificación primitiva de instrumentos de medida -Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, de control del Estado (BOE n° 219, de 12/09/85). Arts. 21 y SS.
Montes Amojonamiento de Montes Públicos -Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE n° 280, de 22/11/03). Art. 21.
Montes Autorización de actividades en montes demaniales -Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE n° 280, de 22/11/03). Art. 15.
Montes Autorización de aprovechamientos forestales -Ley 43/2003, de 21 de noviembre de 2003, de Montes (BOE n° 280, de 22/11/03). Arts. 36 y 37.
Montes Catalogación de Montes Públicos -Ley 43/2003, de 21 de noviembre de 2003, de Montes (BOE n° 280, de 22/11/03). Art. 16.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Montes Descatalogación de Montes Públicos -Ley 43/2003, de 21 de noviembre de 2003, de Montes (BOE n° 280, de 22/11/03). Art. 16.
Montes Deslinde de Montes Públicos -Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE n° 280, de 22/11/03). Art. 21.
Montes Ejercicio de la acción de tanteo -Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE n° 280, de 22/11/03). Art. 25.
Ordenación alimentaria Autorización de empresas transformadoras y compradores -Orden de 28 de marzo de 2005, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las autorizados en el sector de forrajes desecados disposiciones de aplicación del régimen de ayudas en el sector de los forrajes desecados (DOCM n° 78, de 19/04/05). Arts. 3 y ss.
Ordenación alimentaria Autorización de organismos de evaluación de la conformidad en el ámbito agroalimentario (salvo laboratorios incluidos en el ámbito de aplicación del Decreto 43/2003) -Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 32.

-Real Decreto 1083/2001, de 5 de octubre, por el que se aprueba la norma de calidad para el jamón ibérico, paleta ibérica y caña de lomo ibérico elaborados en España (BOE n° 247, de 15/10/01). Arts. 3 y SS.

- Reglamento (CE)1760/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, que establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 820/97 del Consejo (DO L204, de 11/08/00). Arts. 16 y ss.

- Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (DO L93, de 31/03/06). Art. 11.

Ordenación alimentaria Autorización de plantas intermedias de transformación, plantas de transformación plantas técnicas de transformación de subproductos de origen animal de la categoría 3 -Reglamento (CE) 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano (DO n° L273, de 10/10/02). Arts. 10, 17 y 18.

-Real Decreto 1429/2003, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano (BOE n° 280, de 22/11/03).



ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Ordenación alimentaria Autorización y registro de los pliegos de condiciones de etiquetado facultativo de carne de vacuno -Reglamento (CE) n° 1760/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, que establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 820/97 del Consejo (DO L240, de 11/08/00). Arts. 16 y ss.

-Real Decreto 1698/2003, de 12 de diciembre, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos comunitarios sobre el sistema de etiquetado de la carne de vacuno (BOE n° 304, de 20/12/03). Arts. 6 y ss.

Ordenación alimentada Establecimiento de las normas de producción de los vinos de calidad producidos en regiones determinadas de Castilla-La Mancha -Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 30.

-Decreto 127/2000, de 1 de agosto, por el que se establecen las condiciones del reconocimiento de las denominaciones de origen de los vinos de calidad reconocida producidos en pagos vitícolas determinados (DOCM n° 79, de 08/08/00). Arts. 3 y ss.

Ordenación alimentaria Inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas -Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (DO n° L93, de 31/03/06 (Fase comunitaria: art. 6 y ss).

-Real Decreto 1414/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas, y la oposición a ellas (BOE n° 293, de 08/12/05). (Fase nacional: art. 3 y ss).

-Orden de 9 de mayo de 1998, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se dictan disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) 2081/92, del Consejo, de 14 de julio de 1992, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (DOCM n° 23, de 22/05/98).

Ordenación alimentaria Inscripción en el Registro de embotelladores y envasadores de Vinos de Castilla-La Mancha -Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). D. A. 5°.
Ordenación alimentaria Reconocimiento de agrupaciones de productores -Orden de la Consejería de Agricultura por el que se establece el régimen de las agrupaciones de productores del sector vitivinícola.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Ordenación alimentaria Reconocimiento de organizaciones interprofesionales agroalimentarias y procedimiento de extensión de normas -Decreto 24/2006, de 7 de Marzo de 2006 regulador de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias (DOCM n° 53, de 10/03/06). Art. 5.
Ordenación cinegética Autorización de granjas cinegétieas -Ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza de Castilla-La Mancha (DOCM n° 58, de 04/08/93). Art. 63.
Ordenación sanitaria Autorización de ensayos clínicos de medicamentos veterinarios. -Decreto 24/2000, de 8 de febrero, de medicamentos veterinarios (DOCM n° 11, de 11/02/00). Art. 12.
Ordenación sanitaria Autorizaciones de centros hospitalarios clínicas con internamiento -Decreto 13/2002, de 15 de enero, de autorizaciones administrativas de centros, servicios y establecimientos sanitarios (DOCM n° 6, de 18/01/02). Arta 6 y ss.
Ordenación sanitaria Autorizaciones de centros sanitarios de atención a drogodependientes -Orden de 20 de enero de 1993, de la Consejería de Sanidad, sobre autorizaciones administrativas de centros sanitarios de atención a drogodependientes (DOCM n° 5, de 22/01/93). Arts. 5 y ss.
Ordenación sanitaria Autorizaciones de instalación de botiquines -Decreto 102/2006, de 12 de septiembre, de planificación farmacéutica requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines (DOCM n° 191, de 15/09/06). Arts. 91 y ss.
Ordenación sanitaria Autorizaciones de instalación de establecimientos relacionados con los medicamentos veterinarios -Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha (DOCM n° 131, de 01/07/05). Arts. 75 y ss. - Decreto 24/2000, de 8 de febrero, de medicamentos veterinarias (DOCM n° 11, de 11/02/00). Arts. 32 y 33.
Ordenación sanitaria Autorizaciones de instalación de oficinas de farmacia -Decreto 102/2006, de 12 de septiembre, de planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines (DOCM n° 191, de 15/09/06). Arts. 33 y ss.
Ordenación sanitaria Autorizaciones de traslado de oficinas de farmacia -Decreto 102/2006, de 12 de septiembre, de planificación farmacéutica requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines (DOCM n° 191, de 15/09/06). Arts. 61 y ss.
Ordenación sanitaria Certificación técnico-sanitaria de vehículos de transporte sanitaria -Decreto 49/2002, de 9 de abril, de la Certificación Técnico-Sanitaria del transporte sanitario por carretera (DOCM n° 45, de 12/04/02). Arts. 3 y ss.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Pastos Inclusión, exclusión, agrupación o segregación de fincas en materia de pastos -Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de pastos, hierbas y rastrojeras (DOCM n° 122, de 05/12/00). Arts. 14 y SS
Patrimonio histórico Autorización de excavaciones prospecciones arqueológicas -Ley 4/1990, de 30 de mayo, del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha (DOCM n° 41, de 13/06/90). Art. 16.1.
Patrimonio histórico Autorización de obras interiores o exteriores y de la instalación de rótulos, señales o símbolos en fachadas o cubiertas de Monumentos declarados Bienes de Interés Cultural y en Jardines Históricos -Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español (BOE n° 155, de 29/06/85). Art. 19.1 y 19.2.
Patrimonio histórico Autorización de obras que, por razón de fuerza mayor, hubieran de realizarse con carácter inaplazable en zonas afectadas por la incoación de un expediente de declaración de interés cultural respecto de un bien inmueble -Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (BOE n° 155, de 29/06/85). Art. 16.
Patrimonio histórico Autorización del cambio de uso de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español -Ley 16/1985 de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español (BOE n° 155, de 29/06/85). Art. 36.2.
Patrimonio histórico Autorización para que los bienes declarados de interés cultural puedan ser sometidos a tratamiento -Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español (BOE n° 155, de 29/06/85). Art. 39.
Patrimonio histórico Autorización y programación de estudios en lugares en los que existan o razonablemente se presuma la existencia de restos arqueológicos -Ley 4/19%, de 30 de mayo, del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha (DOCM n° 41, de 13/06/90). Art. 21.
Patrimonio histórico Concesión de anticipos reintegrables para la ejecución de acciones de conservación de bienes declarados de Interés cultural -Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español (BOE n° 155, de 29/06/65). Art, 36.3,
Patrimonio histórico Concesión de autorización de Patrimonio Histórico -Ley 4/19901 de 30 de mayo, de Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha (DOCM n° 41, de 13/06/90).


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Patrimonio histórico Concesión dei premio en metálico por el hallazgo de objetos y restos arqueológicos -Ley 16/19B5, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (BOE n° 155, de 29/06/85). Art. 44.3.
Patrimonio histórico Declaración de Bienes de Interés Cultura -Ley 4/1990, de 30 de mayo, del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha (DOCM n° 41, de 13/06/90). Arts. 7 y ss.
Patrimonio histórico Declaración de Parque Arqueológico -Ley 4/2001, de 10 de mayo de Parques Arqueológicos de Castilla-La Mancha (DOCM n° 59, de 18/05/01). Art. 5.
Patrimonio histórico Inclusión y exclusión de bienes muebles en el Inventario General de Bienes Muebles integrantes del Patrimonio -Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español (BOE n° 155, de 29/06/85). Art. 26.3.

-Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 16/1965, de 25 de Histórico Español junio, de Patrimonio Histórico Español (BOE n° 24, de 28/01/86). Arts. 28 y ss.

Patrimonio histórico Informe favorable sobre la delimitación de los Conjuntos Históricos que forman parte de los núcleos de población -Ley 4/1990 de 30 de mayo, del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha (DOCM n° 41, de 13/06/90). Art. 11.3
Patrimonio histórico Informe favorable sobre la definición de las condiciones urbanísticas del entorno de los Bienes de Interés Cultural realizada en los planes urbanísticos -Ley 4/1990, de 30 de mayo, del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha (DOCM n° 41, de 13/06/90). Art. 8.
Patrimonio histórico Resolución favorable al otorgamiento de licencias -o a la ejecución de las otorgadas antes de la incoación del expediente declarativo del Conjunto Histórico, Sitio Histórico o Zona Arqueológica- hasta la aprobación definitiva del correspondiente instrumento de planeamiento, dentro del área afectada por la declaración -Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (BOE n° 155, de 29/06/85). Art. 20.3.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Pesca Adjudicación de concesiones para el aprovechamiento de cotos de pesca -Reglamento de la Ley 1/1992, de 7 de mayo, de Pesca Fluvial, aprobado por Decreto 91/1994 de 13 de septiembre (DOCM n° 44, de 16/09/94). Arts. 70 y ss.
Programa de prácticas en empresas y entidades sin ánimo de lucro en régimen de beca Participación en el programa como entidad receptora de becarios -Orden de 29 de noviembre de 2004, de la Consejería de Trabajo y Empleo, por la que se convocan becas para titulados desempleados, para la realización de prácticas en empresas y entidades sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha (DOCM n° 231 de 08/12/04). Bases 5 y ss,
Residuos Autorización de las actividades de valorización, eliminación y de otras actividades de gestión de residuos -Ley 10/1998, de 21 de abril, establece normas reguladoras en materia de residuos (BOE n° 96, de 27/04/98). Art. 13 y 15.
Sanidad vegetal Aceptación del modelo del pasaporte fitosanitarto -Orcen de 17 de mayo de 1993, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que establece la normalización de los pasaportes fitosanitarios destinados a la circulación de determinados vegetales, producto vegetales y otros objetos dentro de la Comunidad y los procedimientos para su expedición y sustitución (BOE n° 120, de 20/05/93). Art. 4.
Sanidad vegetal Inscripción en el Registro de Establecimientos y Servicios Plaguicidas -Orden de 21 de junio de 1993, de la Consejería de Agricultura, por la que se normalizan la inscripción y funcionamiento del registro de establecimientos y servicios de plaguicidas (DOCM n° 55, de 23/07/93).
Sanidad vegetal Inscripción en el Registro Oficial de productores, comerciantes e importadores de vegetales y productos vegetales -Orden 17 de mayo de 1993, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establecen las obligaciones a que están sujetos los productores, comerciantes e importadores de vegetales, productos vegetales y otros objetos, así como las normas para su inscripción en un Registro Oficial (BOE n° 120, de 20/05/93). Arts. 1 y 2.
Sanidad vegetal Validación de los cursos de capacitación para la manipulación de productos fitosanitarios y expedición del carné de manipulador de dichos productos -Orden de 22 de septiembre de 2006, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula la expedición de carnés de manipulador de productos fitosanitarios (DOCM n° 209, de 10/10/06). Art. 4.

ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Sociedades agrarias de transformación Inscripción en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación -Estatuto que regula las sociedades agrarias de transformación, aprobado por Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto (BOE n° 194, de 14/08/81).

- Orden de 24 de julio de 1996, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación (DOCM n° 35, de 09/08/96).

Vehículos Acreditación de laboratorios para la catalogación de vehículos históricos -Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado por el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio (BOE N° 189, de 09/08/95), Arts. 1 y ss,
Vehículos Autorización de entidades talleres que realicen instalaciones y comprueben el funcionamiento de funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad en determinadas categorías de vehículos (BOE dispositivos de limitación de velocidad en determinadas categorías de vehículos -Real Decreto 1417/2005, de 25 de noviembre, que regula la utilización, instalación y comprobación de n° 289, de 03/12/05). Arts. 8 y ss.
Vehículos Autorización de reformas generalizadas en vehículos -Real Decreto 736/1988, de 8 de julio, por el que regula la tramitación de reformas de importancia de vehículos de carretera (BOE n° 170, de 16/07/88). Arts. 4 y ss.
Vehículos Autorización de talleres para instalación, reparación, comprobación y revisión periódica de tacógrafos -Orden de 24 de septiembre de 1982, sobre autorización de talleres para instalación, reparación, comprobación y revisión periódica de tacógrafos (BOE n° 239, de 06/10/82). Arts. 4 y ss.
Vehículos Inscripción en el catálogo de vehículos históricos -Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado por el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio (BOE n° 189, de 09/06/95). Arts. 1 y ss.
Vehículos Inscripción en el Registro de talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes -Decreto 96/2002, de 25 de junio, de protección de los consumidores en la prestación de servicios por talleres de reparación de vehículos automóviles (DOCM n° 79, de 28/06/02). Arts. 4 y ss.
Vías pecuarias Autorización de aprovechamientos en vías pecuarias -Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 28.
Vías pecuarias Autorización de usos compatibles en las vías pecuarias -Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 31.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Vías pecuarias Autorización de usos complementarios en vías pecuarias -Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 32.
Vías pecuarias Desafectación de terrenos de vías pecuarias -Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha. (DOCM número 50, de 08/04/03). Art. 15.
Vías pecuarias Modificación de trazado en vías pecuarias -Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 20.
Vías pecuarias Modificación de trazado en vías pecuarias -Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Arts.17 y ss.
Vías pecuarias Ocupación temporal en vías pecuarias -Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Arts. 22 y ss.
Viñedo Actualización de datos del Registro Vitícola Le 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Arts. 8 y 9.
Viñedo Adjudicación de derechos de plantación de la Reserva Regional -Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 11.

- Decreto 6/2002, de 15 de enero, por el que se crea la Reserva Regional de Derechos de Plantación de Viñedo en Castilla-La Mancha (DOCM n° 6, de 18/01/02). Art.4.

Viñedo Certificación derechos de replantación -Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03).Art. 7.5.

- Orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, de 6 de abril de 2001, por la que se regula el potencial de producción vitícola en Castilla-La Mancha (DOCM n° 62, de 25/05/01). Art. 7.2.

Viñedo Solicitud de derechos de nueva plantación -Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castílla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 3.2.

- Orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, de 6 de abril de 2001, por la que se regula el potencial de producción vitícola en Castilla-La Mancha (DOCM n° 62, de 25/05/01). Art. 3.



ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Viñedo Solicitud de derechos de replantación -Orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, de 6 de abril de 2001, por la que se regula el potencial de producción vitícola en Castilla-La Mancha (DOCM n° 62, de 25/05/01). Art, 4.2
Viñedo Solicitudes de autorización de plantación y plantación anticipada -Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 4.

-Orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, de 6 de abril de 2001, por la que se regula el potencial de producción vitícola en Castilla-La Mancha (DOCM n° 62, de 25/05/01). Arts. 2.2, 5 y 11.

Viñedo Transferencia de derechos de replantación -Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03). Art. 7.

- Orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, de 6 de abril de 2001, por la que se regula el potencial de producción vitícola en Castilla-La Mancha (DOCM n° 62, de 25/05/01). Arts. 6 y 11.

Viñedo Venta de derechos de plantación a la Reserva Regional -Ley 8 de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha (DOCM n° 50, de 08/04/03).

- Decreto nº 2, de 15 de enero, por el que se crea la Reserva Regional de Derechos de Plantación de Viñedo en Castilla-La Mancha (DOCM n° 6, de 18/01/02). Art. 2.

Vivienda Adjudicación de viviendas con protección pública promovidas por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha -Decreto 3/2004, de 20 de enero, de Régimen Jurídico de las viviendas con protección pública (DOCM n° 10, de 23/01/04). Arts. 78 y ss.
Vivienda Calificación de rehabilitación protegida -Orden de 17 de mayo de 2000, de la Consejería de Obras Públicas, de desarrollo y aplicación de los Decretos 2/2000, de 11 de enero, y 120/1998, de 9 de diciembre, por la que se regulan procedimientos administrativos relativos a las ayudas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en materia de vivienda establecidos en dichos Decretos, y se distribuye el número de actuaciones para el año 2000 (DOCM nº 50, de 26/05/00). Art. 14.
Vivienda Declaración de área de urbanización protegida -Decreto 38/2006, de 11 de abril, por el que se regula en el ámbito de Castilla-La Mancha el Plan Estatal de Vivienda 2005-2008 y se desarrolla el IV Plan regional de Vivienda y Suelo de Castilla-La Mancha horizonte 2010 (DOCM n° 79, de 14/04/06). Art. 74.3.


ANEXO 2


ÁREA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NORMATIVA REGULADORA
Yacimientos minerales y recursos geológicos Autorización de plantas de tratamiento de minerales -Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n° 176, de 24/07/13). Art. 112.

-Reglamento General del Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto (BBOOEE núms. 295 y 296, de 11y 12/12/78). Art. 112.

Yacimientos minerales y recursos geológicos Autorización de voladuras -Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobado por Real Decreto 863/1985, de 2 de abril (BOE n° 140, de 12/06/85). Arts. 150 y 151.
Yacimientos minerales y recursos geolégicos Caducidad de registros mineros -Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n° 176, de 24/07/73). Arts. 83 y ss.

-Reglamento General del Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto (BBOOEE núms. 295 y 296, de 11 y 12/12/78). Arts. 106 y ss.

Yacimientos minerales y recursos geológicos Concesión de cotos mineros -Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n° 176, de 24/07/73) Art. 108 y ss.

- Reglamento General del Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto (BBOOEE núms. 295 y 296, de 11y 12/12/78), Arts. 134 y ss.

 

Fecha: 
dissabte, 30 desembre, 2006