Visto el artículo 260 de la Ley Hipotecaria, el Real Decreto 1203/2010, de 24 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, así como los artículos 360, 487 y 488 del Reglamento Hipotecario.
Teniendo en cuenta que el traslado en unas mismas fechas de todos los Registros de la Propiedad de Madrid, tal y como manifiesta a esta Dirección General el Colegio de Registradores, reviste una especial complejidad, especialmente en materia de comunicaciones e instalación informática, es necesario adoptar las salvaguardias precisas para garantizar la más adecuada prestación del servicio público, sin que éste se vea afectado durante un excesivo tiempo.
Teniendo en cuenta que el artículo 360 del Reglamento Hipotecario exige que la modificación del horario de apertura del libro diario se comunique a la Dirección General y se haga público mediante edicto fijado en lugar visible de la oficina.
El artículo 488 del Reglamento Hipotecario faculta a este Centro Directivo para dictar instrucciones respecto de la forma de llevar a cabo el traslado de las oficinas.
Se estima conveniente dar la mayor difusión posible a esta Resolución mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» para salvaguardar la seguridad jurídica en el tráfico inmobiliario, como se hizo en ocasiones anteriores, en las que el traslado entrañaba similar complejidad.
En consecuencia, esta Dirección General ha acordado:
1.º La no apertura al público de las oficinas de los Registros de la Propiedad de Madrid, a tenor del cuadro que sigue:
Registro - Cierres de Oficinas.
Registro n.º 1: 29 y 30 de noviembre y 1 y 2 de diciembre.
Registro n.º 2: 2, 3 y 4 de diciembre.
Registro n.º 3: 29 y 30 de noviembre y 1 y 2 de diciembre.
Registro n.º 4: 4, 7 y 9 de diciembre.
Registro n.º 5: 7, 9 y 10 de diciembre.
Registro n.º 6: 30 de noviembre y 1, 2 y 3 de diciembre.
Registro n.º 7: 22, 23, 24 y 25 de noviembre.
Registro n.º 8: 9, 10 y 11 de diciembre.
Registro n.º 9: 23, 24, 25 y 26 de noviembre.
Registro n.º 10: 24, 25, 26 y 27 de noviembre.
Registro n.º 11: 7, 9 y 10 de diciembre.
Registro n.º 12: 26, 27, 29 y 30 de noviembre.
Registro n.º 13: 29 y 30 de noviembre y 1 y 2 de diciembre.
Registro n.º 14: 30 de noviembre, 1, 2 y 3 de diciembre.
Registro n.º 15: 29 y 30 de noviembre y 1 y 2 de diciembre.
Registro n.º 16: 3, 4 y 7 de diciembre.
Registro n.º 17: 1, 2, 3 y 4 de diciembre.
Registro n.º 18: 22, 23, 24 y 25 de noviembre.
Registro n.º 19: 9, 10, 11 y 13 de diciembre.
Registro n.º 20: 24, 25, 26 y 27 de noviembre.
Registro n.º 21: 29 y 30 de noviembre y 1 y 2 de diciembre.
Registro n.º 22: 29 y 30 de noviembre y 1 y 2 de diciembre.
Registro n.º 23: 2, 3 y 4 de diciembre.
Registro n.º 24: 2, 3 y 4 de diciembre.
Registro n.º 25: 3, 4 y 7 de diciembre.
Registro n.º 26: 7, 9 y 10 de diciembre.
Registro n.º 27: 7, 9 y 10 de diciembre.
Registro n.º 28: 1, 2, 3 y 4 de diciembre.
Registro n.º 29: 22, 23, 24 y 25 de noviembre.
Registro n.º 30: 7, 9, 10 y 11 de diciembre.
Registro n.º 31: 23, 24, 25 y 26 de noviembre.
Registro n.º 32: 26, 27, 29 y 30 de noviembre.
Registro n.º 33: 25, 26, 27 y 29 de noviembre.
Registro n.º 34: 22, 23, 24 y 25 de noviembre.
Registro n.º 35: 27, 29 y 30 de noviembre y 1 de diciembre.
Registro n.º 36: 25, 26, 27 y 29 de noviembre.
Registro n.º 37: 27, 29 y 30 de noviembre y 1 de diciembre.
Registro n.º 38: 26, 27, 29 y 30 de noviembre.
Registro n.º 39: 24, 25, 26 y 27 de noviembre.
Registro n.º 40: 27, 29 y 30 de noviembre y 1 de diciembre.
Registro n.º 41: 4, 7 y 9 de diciembre.
Registro n.º 42: 7, 9, 10 y 11 de diciembre.
Registro n.º 43: 29 y 30 de noviembre y 1 y 2 de diciembre.
Registro n.º 46: 4, 7 y 9 de diciembre.
Registro n.º 47: 9, 10 y 11 de diciembre.
Registro n.º 48: 7, 9 y 10 de diciembre.
Registro n.º 50: 1, 2, 3 y 4 de diciembre.
Registro n.º 52: 3, 4 y 7 de diciembre.
Registro n.º 53: 23, 24, 25 y 26 de noviembre.
Registro n.º 54: 27, 29 y 30 de noviembre y 1 de diciembre.
Registro n.º 55: 27, 29 y 30 de noviembre y 1 de diciembre.
2.º Ordenar los Registradores de la Propiedad de Madrid, que expongan esta Resolución en el tablón de anuncios de dichos Registros desde el día de su notificación.
3.º Proceder a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de noviembre de 2010.–La Directora General de los Registros y del Notariado, M.ª Ángeles Alcalá Díaz.