Legislación

Ya no está en manos del actual titular subsanar las deficiencias formales del primero de ellos por la vía del artículo 1.279 del Código Civil pues no tiene acción directa más que frente a su vendedora, no frente a los coherederos de la misma y cuyo consentimiento sería necesario para esa protocolización del cuaderno particional privado que la propia registradora considera necesaria, salvo que ésta tenga una idea de lo que es una protocolización incompatible con las exigencias del artículo 3.° de la Ley Hipotecaria.

RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Tomás Alarcón Zamora y don Julio Gómez García, frente a la negativa de la Registradora de la Propiedad de Motilla del Palancar, doña María Ángeles Hernández Toribio, a inscribir un auto dictado en expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo registral de una finca

Fecha: 
dimarts, 21 octubre, 2003

La ley 7/1.987 en su capítulo II, relativo a la Planificación del sistema de transportes públicos de viajeros, menciona claramente a «Ferrocarril Metropolità de Barcelona, S.A.» y a la «Sociedad Privada Municipal de Transports de Barcelona, S.A.», actualmente denominada «Transports de Barcelona, S.A.». Este reconocimiento legal determina la necesidad de la admisión de su denominación

RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por Transports de Barcelona S.A. y Ferrocarril Metropolità de Barcelona S.A., contra la denegación de la reserva de denominación «Transports Metropolitans de Barcelona, S.L.» por el Registrador Mercantil Central don Jose Luis Benavides del Rey.

Fecha: 
dimarts, 21 octubre, 2003

Decreto 174/2003, de 3 de octubre, por el que se modifica parcialmente el Decreto 92/2002, de 22 de agosto, por el que se regula el régimen de concesión de ayudas para las madres con hijos menores de tres años y se amplia, en determinados casos, la concesión de ayudas a madres con hijos menores de seis años. Cantabria

La familia está amparada por la Constitución Española que, en su artículo 39, asegura la protección social, económica y jurídica de la misma.

Asimismo, el Estatuto de Autonomía para Cantabria, en su artículo 24.22, otorga a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de asistencia, bienestar social y desarrollo comunitario, incluida la política juvenil, para las personas mayores y de promoción de la igualdad de la mujer.

Fecha: 
dijous, 16 octubre, 2003

Las descripciones de las fincas, cuando mencionan linderos por los nombres de los titulares de las colindantes, no hacen fe de que éstos sean efectivamente sus dueños. A la afirmación del Juez de que está acreditada la mayor cabida, no puede oponerse, como hace el Registrador, dudas sobre la identidad de la finca, cuestión cuyo objeto depende exclusivamente del Juez

RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Juan Castaño Villaescusa, contra la negativa del Señor Registrador de la Propiedad, número uno de Motril, don César Alfonso Frías Román, a practicar la inscripción de un auto recaído en expediente de dominio.

Fecha: 
dimarts, 14 octubre, 2003

La caducidad como forma de extinción de los asientos no puede ser aplicada extensivamente. Sin entrar ahora, por imperativo de lo establecido en el artículo 326 párrafo primero de la Ley Hipotecaria, en el tema de si la anotación letra A está o no caducada, es lo cierto que la anotación C está vigente y en ella se contienen todos los datos necesarios para la eficacia del procedimiento correspondiente y para su vigencia como asiento autónomo

RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Mercantil Watson Elemental, S.L, contra la negativa del Registrador de la Propiedad, número dos de Eivissa, don Miguel Peña Romero, a cancelar una anotación preventiva de embargo por caducidad.

Fecha: 
dimarts, 14 octubre, 2003

La caducidad como forma de extinción de los asientos no puede ser aplicada extensivamente. Sin entrar ahora, por imperativo de lo establecido en el artículo 326 párrafo primero de la Ley Hipotecaria, en el tema de si la anotación letra A está o no caducada, es lo cierto que la anotación C está vigente y en ella se contienen todos los datos necesarios para la eficacia del procedimiento correspondiente y para su vigencia como asiento autónomo

RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Mercantil Watson Elemental, S.L, contra la negativa del Registrador de la Propiedad, número dos de Eivissa, don Miguel Peña Romero, a cancelar una anotación preventiva de embargo por caducidad.

Fecha: 
dimarts, 14 octubre, 2003

ORDRE PRE/405/2003, de 20 d'agost, de publicació de la llista completa i actualitzada d'oficines de registre pròpies i concertades, el sistema d'accés i els horaris de funcionament d'aquestes.

D'acord amb la disposició final 1 del Decret 360/1994, de 15 de desembre, del registre d'entrada i sortida de documents de l'Administració de la Generalitat de Catalunya, modificada pel Decret 264/1997, de modificació del Decret anterior, en la qual es faculta el Departament de la Presidència per elaborar i fer pública cada any, mitjançant una ordre, la llista completa i actualitzada d'oficines de registre pròpies i concertades, el sistema d'accés i els horaris de funcionament d'aquestes;

Fecha: 
dimarts, 14 octubre, 2003

La caducidad como forma de extinción de los asientos no puede ser aplicada extensivamente. Sin entrar ahora, por imperativo de lo establecido en el artículo 326 párrafo primero de la Ley Hipotecaria, en el tema de si la anotación letra A está o no caducada, es lo cierto que la anotación C está vigente y en ella se contienen todos los datos necesarios para la eficacia del procedimiento correspondiente y para su vigencia como asiento autónomo

RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Mercantil Watson Elemental, S.L., contra la negativa del Registrador de la Propiedad número dos de Eivissa, don Miguel Peña Romero, a cancelar una anotación preventiva de embargo por caducidad.

Fecha: 
dimarts, 14 octubre, 2003

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