Legislación

ORDRE TRI/78/2004, de 18 de febrer, de modificació de l'Ordre TIC/484/2003, de 20 de novembre, per la qual s'estableix el calendari de festes locals a Catalunya per a l'any 2004, publicada al DOGC núm. 4028, pàg. 24160, d'11.12.2003.

Vista l'Ordre TIC/484/2003, de 20 de novembre, per la qual s'estableix el calendari de festes locals a Catalunya per a l'any 2004, publicada al DOGC núm. 4028, pàg. 24160, d'11.12.2003;

Atès que, amb posterioritat a la publicació de l'Ordre esmentada al DOGC, els ajuntaments de Cubelles, Castellfollit de la Roca i Campelles han formulat una proposta diferent de la feta inicialment sobre les dues festes locals que corresponen als seus municipis;

Fecha: 
dimecres, 31 març, 2004

Sólo las sentencias del Tribunal Constitucional que declaren la inconstitucionalidad de una ley tienen -«erga omnes» y con carácter definitivo -la virtualidad de expulsar del ordenamiento jurídico dicha norma de modo que no pueda ser aplicada en lo sucesivo (cfr. Artículo 164.1 de la Constitución). Además, tampoco puede olvidarse que las Sentencias de la Sala Tercera del Tribunal supremo de 16 y 23 de octubre de 1995 admitieron la constitucionalidad y legalidad del procedimiento.

RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Pilar de la Horadada don José Nieto Sánchez, contra la negativa del Registrador de la Propiedad Accidental de Murcia nº 7, don Eugenio Aguilar Amador, a inscribir una escritura de préstamo hipotecario, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
divendres, 26 març, 2004

La intervención notarial de un modelo oficial de un contrato inscribible en el Registro de Bienes Muebles, no requiere unidad de acto. Así se deduce de los artículos 1.262.2 del Código Civil y 54 del Código de Comercio; y entre el 3 de agosto de 2001 y el 10 de septiembre del mismo año media un plazo inferior a los dos meses, plazo máximo que podría mediar entre las firmas. De lo que resulta que en lo que concierne a las fechas de las intervenciones en el contrato no hay defecto que impida la inscripción en el Registro de Bienes Muebles.

RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Madrid don José María López Arcas y Lostalet contra la negativa de la Registrar dora de Bienes Muebles de Toledo, doña Belén Madrazo Meléndez, a inscribir un contrato de arrendamiento financiero mobiliario.

Fecha: 
divendres, 26 març, 2004

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