Resoluciones

Es necesario que la sucesión a título universal o singular, en la relación jurídica litigiosa, se haya producido con posterioridad a la litispendencia, puesto que si la sucesión es anterior, la demanda ha debido ser entablada entre los titulares en el momento de presentarla

Resolución de 30 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Marpal Medic, S. L.», frente a la negativa de la Registradora de la Propiedad número 12, de Barcelona, a practicar una anotación preventiva de una sentencia.

Fecha: 
dimecres, 8 març, 2006

Confirma la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia n.º 1, de Valladolid, que declaró la nulidad de la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 19 de noviembre de 2003.

Resolución de 1 de febrero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid, sección tercera, que confirma la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia n.º 1, de Valladolid, que declaró la nulidad de la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 19 de noviembre de 2003.

Fecha: 
dijous, 2 març, 2006

En el presente caso es inaplicable la sustitución vulgar y sí, en cambio, la transmisión del ius delationis que, en relación con la herencia del señor Francisco B. O. que ostentaba la señora Andrea I. B., derecho que se ha incorporado, por su muerte a su caudal hereditario, de manera que son los herederos de la señora Ibáñez los que tienen el derecho de aceptar o renunciar. ( Publicado en DOGC)

( Publicado en DOGC) RESOLUCIÓN JUS/359/2006, de 16 de febrero, por la que se da publicidad de la Resolución de 25 de noviembre de 2005 de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Barcelona señor José Luis Gómez Díez, contra la calificación de la registradora de la Propiedad núm. 1 de Santa Coloma de Gramenet.

Fecha: 
dijous, 23 febrer, 2006

Alega el recurrente que la inseparabilidad que consta en el Registro entre el piso y el anejo es un error de la inscripción. Iinscrita la repetida inseparabilidad, ha de tenerse por válida mientras el asiento correspondiente no se anule, siendo indiferente que tal inseparabilidad pudiera o no conocerla el notario al otorgarse la escritura de hipoteca.

Resolución de 16 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Balaguer, don Luis Prados Ramos, frente a la negativa del registrador de la propiedad de Balaguer, a inscribir una escritura de préstamo hipotecario.

Fecha: 
divendres, 17 febrer, 2006

El recurso interpuesto es improcedente toda vez que el recurso gubernativo sólo puede interponerse frente a las calificaciones negativas,

Resolución de 14 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña María Gloria Pelleja Borotau, contra la calificación de la Registradora de la Propiedad de Barcelona número 6, al practicar una ampliación de una anotación preventiva de embargo.

Fecha: 
dimecres, 15 febrer, 2006

Recogiendo las tesis de la doctrina y la Jurisprudencia, el artículo 81 del Reglamento Hipotecario, recoge los títulos necesarios para verificar la entrega a favor del legatario, permitiendo solamente la solicitud unilateral del legatario cuando toda la herencia se hubiera distribuido en legados y no hubiera persona autorizada para realizar la entrega.

Resolución de 13 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña María José Labarta Carreño, frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Santiago de Compostela número 1, a inscribir una escritura de aceptación de legado.

Fecha: 
dimecres, 15 febrer, 2006

La disminución de la cabida debe también ser justificada por procedimientos análogos al exceso, pues, de no ser así, se corre el peligro de la desinmatriculación, pudiendo ser también la disminución medio para eludir las formas -y sus garantías-, en la transmisión de porciones a los colindantes, y, además, en ello puede haber riesgo para terceros (acreedores y legitimarios) y fraude a la legislación del suelo y a la fiscal.

Resolución de 3 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Isidoro y don Bernardino Flores López, frente a la negativa de la Registradora de la Propiedad número 1 de Talavera de la Reina a inscribir una escritura de protocolización de cuaderno particional y acta de notoriedad.

Fecha: 
dilluns, 13 febrer, 2006

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