Resoluciones

Por más que los certificados atestigüen la antigüedad de las parcelas, sin perjuicio de una nueva presentación del título a fin de que el Registrador, si lo considera conveniente, pueda actuar en la forma prevenida en los artículos 79 y 80 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas sobre inscripción de actos de naturaleza urbanística para que puedan despejarse las dudas que apunta en su nota de calificación.

Resolución de 13 de marzo de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por don Álvaro Aparicio Velázquez, don Rogelio Ruiz Aranda y don Juan Serrano Retamal, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Cebreros, a inscribir una escritura de agrupación y posterior segregación de una finca.

Fecha: 
dijous, 27 abril, 2006

Advertido error en la resolución de 17 de febrero de 200

Resolución de 28 de marzo de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se corrigen errores de la de 17 de febrero de 2006, en el recurso gubernativo interpuesto por don Francisco Manuel Cota Delgado, contra la negativa del registrador de la propiedad de Marbella n.º 2, a practicar la cancelación de anotación preventiva de embargo por caducidad.

Fecha: 
divendres, 21 abril, 2006

El presente recurso tiene por objeto determinar si caducada una anotación preventiva de embargo trabado en autos pueden cancelarse, en virtud de lo acordado en los mismos, las cargas posteriores a aquella anotación, cuando el mandamiento correspondiente se presenta en el Registro una vez que tal caducidad se ha producido.

Resolución de 14 de marzo de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don José Carlos Vicente Ferrer contra la negativa del registrador de la propiedad de Pilar de la Horadada, a extender las cancelaciones que derivan de un mandamiento de cancelación de cargas.

Fecha: 
dimarts, 18 abril, 2006

Cancelada una inscripción cesan todos sus efectos y se presume, y así lo dispone el artículo 97 de la Ley Hipotecaria, extinguido el derecho a que la misma se refería. Todo ello al margen de que haya sido o no correcta la cancelación de la hipoteca, extremo en el que esta resolución no puede entrar por cuanto según reiterada doctrina de este Centro Directivo, no puede ser planteado en el mismo la calificación que desemboca en la práctica del asiento solicitado.

Resolución de 17 de marzo de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Autobel, S. L», contra la calificación de la Registradora de la Propiedad de Cistierna, doña Marta Gonzalbes Fernández de Palencia, por su negativa a practicar una nota marginal en asiento cancelado.

Fecha: 
dimarts, 18 abril, 2006

El Registrador deniega la anotación por falta de competencia del Ayuntamiento al carecer de jurisdicción para trabar bienes en actuaciones de recaudación ejecutiva situados fuera del territorio de su corporación.

Resolución de 9 de marzo de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Ayuntamiento de Adeje, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Granadilla de Abona a practicar una anotación preventiva de embargo.

Fecha: 
dimarts, 18 abril, 2006

Sobre la negativa a cancelar por caducidad una anotación preventiva de embargo, que fue prorrogada con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Teniendo en cuenta el criterio aislado recogido por la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 21 de julio de 2005, contrario al sustentado con anterioridad por este Centro Directivo, conviene reiterar el criterio definitivo de este Centro Directivo.

Resolución de 4 de marzo de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Juan Español Brau contra la calificación extendida por el Registrador de la Propiedad Accidental del Registro de la Propiedad de Santa Pola, por la que se suspende la cancelación por caducidad de una anotación preventiva de embargo prorrogada judicialmente antes de entrar en vigor la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Fecha: 
dilluns, 10 abril, 2006

Habiendo sobrevivido la madre legitimaria, ésta se convierte en sucesora del causante (artículos. 657 y 661 del Código Civil) y transmite su derecho a sus herederos (cfr. artículo 1006 del Código Civil), por lo que se hace indispensable acreditar quienes sean los causahabientes de la legitimaria fallecida, a fin de que concurran a la partición del primer causante

Resolución de 1 de marzo de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Milagrosa Brito Sánchez, contra la negativa del registrador titular del registro de la propiedad n.º 5, de Las Palmas de Gran Canaria, a inscribir una escritura de aceptación y adjudicación de herencia.

Fecha: 
dilluns, 10 abril, 2006

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