Orden de 23 de enero de 2006 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos aplicables en el 2006.

      El artículo 49, apartado 1, de la Ley 10/2005 de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2006, dispone que para dicho ejercicio se elevan los tipos de cuantía fija de las tasas incluidas en el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio), hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,02 a la cuantía exigible en el ejercicio 2003, con las excepciones que en la propia Ley se indican.

      Con carácter general se exceptúan del incremento anterior aquellas tasas vigentes en el 2005 que por disposición legal y con efectos de 1 de enero de 2006, hayan experimentado cualquier variación en las cuotas respecto al ejercicio 2005, así como la Tasa T520 por venta de impresos, programas y publicaciones tributarias.

      Asímismo, el apartado 2 de citado artículo 49 de la Ley 10/2005, extiende la actualización, por aplicación del mismo coeficiente, a los precios públicos, exceptuando determinados conceptos que se rigen por su propia normativa.

      En su virtud, y de conformidad con las facultades atribuidas por los artículos 38 de la Ley 6/2004 de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 25.4 de la Ley 7/ 2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Region de Murcia, en relación con lo dispuesto en el artículo 49.3 de la Ley 10/2005 de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el 2006,



      Dispongo



      Artículo único.

      A partir de la entrada en vigor de la Ley 10/2005 de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2006, las tarifas y cuotas de las tasas y precios públicos reguladas en el Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales y en los Decretos respectivos, quedan fijadas en las cuantías contenidas en el Anexo que se une a la presente Orden.

      Disposición final

      La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, sin perjuicio de la aplicación directa de lo dispuesto en el artículo 49.3 de la Ley 10/2005 de 29 de diciembre a partir del 1 de enero del 2006, fecha de entrada en vigor de la citada Ley.

      Murcia, 23 de enero de 2006.—La Consejera de Economia y Hacienda, Inmaculada García Martínez.



      ANEXO
Fecha: 
dissabte, 11 febrer, 2006