CORRECCIÓN de errores de la Ley 14/2007, de 26 de diciembre, de la Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.

Se han advertido diversos errores en el texto publicado de la Ley 14/2007, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 5669, de 28 de diciembre de 2007, por lo que procede efectuar las siguientes correcciones:

– En el título de la ley en castellano, página 47657,

Donde dice:

«Medidad Fisales»;

Debe decir:

«Medidas Fiscales».

– En la página 47633, versión castellana y valenciana, del subapartado

«Tomografía computerizada (TC) infantil», código P01420, del apartado Uno del artículo 7,

Donde dice:

«ANGIOTC»;

Debe decir:

«ANGIO TC».

– En la página 47649, versión castellana, del subapartado «Técnicas de Biología Molecular», código PR6169, del apartado Tres del artículo 7,

Donde dice: «ANÁLISIS DE SEGREGACIÓN DE POLIMORFISMOS EN ENFREMEDAD DE VON WILLEBRAND (...)»;

Debe decir: «ANÁLISIS DE SEGREGACIÓN DE POLIMORFISMOS EN ENFERMEDAD DE VON WILLEBRAND (...)».

– En la página 47658, versión castellana y valenciana, artículo 17,

Donde dice:

«Quedan sin contenido el Capítulo I del Título X y los artículos 249, 250, 251 y 252 del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat (...)»;

Debe decir:

«Quedan sin contenido el Capítulo I del Título IX y los artículos 249, 250, 251 y 252 del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat (...)».

– En la página 47658, versión castellana y valenciana, artículo 20,

Donde dice:

«Quedan sin contenido el Capítulo V del Título X y los artículos 267, 268, 269 y 270 del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat (...)»;

Debe decir:

«Quedan sin contenido el Capítulo V del Título IX y los artículos 267, 268, 269 y 270 del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat (…)».

– En la página 47660, versión castellana, artículo 24,

Donde dice:

«Artículo Tercero. Cuotas autonómicas. Uno. (...) la escala del tipos de gravamen a la que se refiere el artículo anterior»;

Debe decir:

«Artículo Tercero. Cuotas autonómicas. Uno. (...) la escala de tipos de gravamen a la que se refiere el artículo anterior (...)».

– En la página 47663, versión castellana, artículo 25,

Donde dice:

«j) (...), y sin perjuicio del que proceda por aplicación de los dispuesto en el artículo Tercero bis de esta Ley, los siguientes porcentajes de deducción (…)»:

Debe decir:

«j) (…), y sin perjuicio del que proceda por aplicación de lo dispuesto en el artículo Tercero bis de esta Ley, los siguientes porcentajes deducción (…)».

Fecha: 
dimarts, 6 maig, 2008